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Los Comunes han movido ficha para intentar desatascar la proposición de ley que busca limitar las compras especulativas de vivienda en Cataluña. El grupo parlamentario ha presentado tres enmiendas al texto con el objetivo de incorporar algunas de las observaciones del Consejo de Garantías Estatutarias y reforzar, según defiende, la solidez jurídica de la norma.
La formación de Jéssica Albiach mantiene el objetivo de que la ley pueda salir adelante y reclama al Govern del PSC que facilite su aprobación en el Parlament. El Consejo de Garantías planteó objeciones a la proposición este verano, lo que obligó a los grupos impulsores a revisar el redactado antes de continuar la tramitación.
Una frontera entre pequeños y grandes tenedores
La primera enmienda modifica el artículo inicial para diferenciar explícitamente dos tipos de propietarios. Los Comunes proponen considerar pequeños tenedores aquellos que dispongan de hasta cuatro viviendas y grandes tenedores los que tengan cinco o más.
Según la formación, esta diferenciación ya se había acordado con el PSC en negociaciones anteriores, pero no figuraba en el texto inicial porque la proposición de ley ya había sido registrada.
Las herencias, limitadas solo a los grandes tenedores
La segunda modificación afecta a las transmisiones por herencia. La propuesta establece que un gran tenedor que reciba una vivienda por esta vía deberá destinarla a residencia habitual y permanente. Esta obligación, en cambio, no se aplicaría a los pequeños propietarios.
La tercera enmienda es de carácter técnico y busca adaptar la Ley de urbanismo a esta nueva diferenciación para que el conjunto del texto sea coherente.
Los Comunes defienden que los cambios permiten incorporar las observaciones del Consejo de Garantías sin renunciar al objetivo principal de la proposición.
El decreto estatal ya limita determinadas compras
La formación también utiliza como argumento el Real Decreto-ley 29/2026 aprobado por el Gobierno español a principios de octubre. La norma estatal limita hasta el 31 de diciembre de 2030 determinadas adquisiciones de viviendas por debajo del 70% de su valor de mercado. La restricción afecta, entre otros supuestos, a personas jurídicas consideradas grandes tenedoras y empresas dedicadas a adquirir inmuebles o carteras de préstamos impagados a precios muy inferiores a su valor.
Los Comunes consideran, sin embargo, que la legislación catalana debe ir más allá y ampliar las limitaciones a las operaciones que atribuyen a fondos de inversión y grandes propietarios. La formación sostiene que el objetivo final es priorizar el uso residencial de las viviendas y reducir las operaciones destinadas principalmente a obtener rentabilidad económica.