Declaran culpable a Albert, el hombre que apaleó a su pareja hasta la muerte en el Ripollès

El hombre la golpeó de forma "muy violenta" a puñetazos, con objetos y haciéndole quemaduras hasta que, finalmente, le clavó dos puñaladas "profundas" en los genitales

25 de octubre de 2025 a las 10:57h

El jurado popular ha considerado culpable, por unanimidad, a Albert Pinto Pérez por los delitos de asesinato, agresión sexual y maltrato habitual contra su pareja, fallecida la noche del 20 al 21 de septiembre de 2022 en Campdevànol (Ripollès). El veredicto descarta que el acusado tuviera las capacidades “anuladas o gravemente afectadas” por el consumo de drogas y rechaza todas las atenuantes solicitadas por la defensa. Concluye que se trata de un asesinato con alevosía y ensañamiento, con agravantes de género y parentesco.

Si el magistrado-presidente atiende la petición del fiscal y de la acusación particular —prisión permanente revisable por el asesinato y 18 años más por los otros dos delitos— Pinto Pérez se convertiría en el primer condenado a esta pena en la Audiencia de Girona.

Según el veredicto, entre el 19 y el 21 de septiembre de 2022 el acusado mató a la víctima “golpeándola repetidamente” por todo el cuerpo, con puñetazos, objetos y quemaduras, y finalmente le clavó dos puñaladas “profundas” en los genitales. El jurado destaca que la agresión fue “muy violenta” dentro del domicilio de él y que la víctima no pudo defenderse ni pedir auxilio. También considera probado que Pinto actuó con el objetivo “de aumentar el sufrimiento” y de alargar la agonía de la chica: “Tuvo una muerte lenta y dolorosa”.

El tribunal popular aprecia las agravantes de género y parentesco porque da por acreditada una relación de pareja de aproximadamente un año y medio, y que el conjunto de golpes —especialmente el apuñalamiento— respondían a la finalidad “de humillar, dominar y someter a la víctima” a su “dominación”.

El jurado también declara probado que el acusado agredió sexualmente a la víctima con un objeto y que, durante la relación, la sometió a maltratos habituales. El veredicto recoge que ejercía “control” sobre ella y la “subyugaba” de manera constante, actuando con “desprecio y agresividad”, tanto en público como en privado. Amigos y familiares de la joven, de 21 años, lo describieron como un “celoso patológico” y relataron episodios de insultos y violencia; también explicaron que el acusado la introdujo en el consumo de drogas y que la víctima sufrió una “degradación física y mental muy notable”.

La muerte fue consecuencia del conjunto de lesiones: shock politraumático, shock neurogénico y shock hipovolémico. La investigación sitúa los hechos entre la tarde-noche del 20 y la mañana del 21 de septiembre.

En cuanto a las atenuantes, el jurado concluye que no se ha probado ningún brote psicótico por drogas o alcohol, que las capacidades del acusado estaban “perfectamente preservadas” y que el reconocimiento final de los hechos no fue determinante para la instrucción. Recuerda, además, que durante el procedimiento Pinto sostuvo varias coartadas e intentó incriminar a una tercera persona, incrementando el sufrimiento de la familia.

El jurado se opone a cualquier suspensión o remisión de la condena y a la solicitud de indulto. Tras la lectura del veredicto, el fiscal Enrique Barata y la acusación particular, ejercida por Jordi Coma, han mantenido la petición de prisión permanente revisable y 18 años adicionales; la defensa, encabezada por Fernando Oriente, reclama que no se imponga la prisión “perpetua”. El juicio, celebrado en la sección cuarta de la Audiencia de Girona, ha quedado visto para sentencia.

Sobre el autor
Disseny sense títol (11)
Adrià Torres
Ver biografía
Lo más leído