El Ayuntamiento de Reus ha adaptado la normativa municipal para autorizar el acceso de animales de compañía a las oficinas de atención ciudadana y espacios públicos del Ayuntamiento de Reus destinados a registros y presentación de trámites administrativos. Mediante decreto de alcaldía, el Ayuntamiento también ha aprobado las normas que regulan esta autorización.
Los cambios normativos permiten adaptar la ordenanza municipal de Civismo vigente que ‘’prohíbe el acceso de animales al interior de los edificios y a las instalaciones públicas, excepto en los espacios donde estén autorizados. Esta prohibición no afecta a los perros de asistencia debidamente acreditados que acompañen a las personas’’.
El decreto de la alcaldía concreta como espacios autorizados “aquellos destinados a los servicios de atención ciudadana, durante la realización de los trámites administrativos”. Con todo, el decreto añade que es necesario garantizar el derecho de acceso y, a la vez, la buena convivencia con el resto de ciudadanos y personal del Ayuntamiento.
Es por este motivo que se han aprobado también unas normas reguladoras con, entre otras, las siguientes directrices:
- Se entienden por animales de compañía los perros, gatos y hurones, así como cualquier previsto en la normativa de protección de los derechos y el bienestar animal.
- Se autoriza el acceso de las personas con animales de compañía a espacios públicos destinados a la atención ciudadana, registro y presentación de trámites administrativos.
- Se permite el acceso de las personas con animales de compañía a los centros cívicos municipales, siempre que se acceda para recibir atención o información en relación a algún trámite administrativo.
- El tiempo de permanencia dentro de los edificios será el imprescindible para realizar las gestiones y trámites que hayan justificado el acceso.
- Se limita la entrada a un solo animal en un mismo espacio. Solo en aquellos espacios en que se garantice la seguridad y el orden, por el hecho de disponer de espacios amplios o de un vestíbulo independiente, se permitirá un segundo animal.
- Para poder acceder a los edificios municipales, el animal deberá ir atado con correa corta de máximo 50 cm. En el caso de gatos y hurones, solo podrán acceder dentro de sus jaulas o cestas de transporte.
- Las personas que accedan con los animales tienen la obligación de adoptar las medidas necesarias para evitar que ocasione molestias, peligros, amenazas o daños a las personas, otros animales o a las cosas.