El exalcalde de Altafulla y actual diputado de Sumar en el Congreso, Félix Alonso, ha defendido este lunes ante el Tribunal Supremo (TS) que los contratos por los que está siendo investigado se adjudicaron de acuerdo con criterios técnicos y sin aplicar “en ningún caso” consideraciones “de naturaleza política o partidista”.
Alonso ha declarado como investigado por un presunto delito de prevaricación administrativa relacionado con la adjudicación directa de contratos durante su etapa como alcalde de Altafulla, entre los años 2011 y 2019. En el marco de la misma causa también han comparecido los exconsejeros Salvador Milà y Joan Ignasi Elena.
El Tribunal Supremo acordó abrir causa contra Alonso el pasado abril por la contratación directa de servicios a las empresas Milà Advocats SLP y Sinergia Energia Dret i Medi Ambient SLP. Según la resolución del alto tribunal, el diputado habría recurrido de manera reiterada a la figura del contrato menor, una práctica que, según los magistrados, “eludía los requisitos de publicidad, permitía la adjudicación directa y posibilitaba una elección arbitraria del adjudicatario”.
Los magistrados también señalaron que esta forma de actuar habría servido “para dar apariencia de legalidad” a las adjudicaciones y no descartaron otras posibles irregularidades vinculadas al sistema de facturación empleado para abonar los servicios contratados.
Según fuentes de la defensa, sin embargo, la instrucción del caso ha evidenciado la existencia de informes técnicos “contradictorios” sobre la legalidad de las contrataciones. De hecho, aseguran que “algunos avalan expresamente la forma de contratación empleada”.
Durante su declaración, Alonso ha argumentado que los hechos se produjeron en una etapa en la que Altafulla experimentaba “un crecimiento extraordinario” sin que ello comportara un incremento equivalente de los recursos humanos municipales. En este sentido, ha remarcado que el Ayuntamiento tuvo que hacer frente a nuevas necesidades con una plantilla limitada por las restricciones impuestas por la conocida como “Ley Montoro”, que dificultaba la incorporación de personal especializado.
En este contexto, la defensa sostiene que la contratación del despacho de Salvador Milà, a quien define como un “jurista de prestigio reconocido”, y de Sinergia respondió a la necesidad de disponer de profesionales especializados en urbanismo, derecho administrativo y medio ambiente. Según estas mismas fuentes, la decisión se basó “exclusivamente” en criterios de especialización técnica, experiencia profesional y confianza derivada de la trayectoria de los profesionales contratados.
La defensa también apunta a la existencia de un debate “doctrinal y jurisprudencial” sobre si este tipo de servicios profesionales deben estar sometidos íntegramente a los procedimientos ordinarios de contratación pública, dado que “incorporan un componente de confianza personal”.
Además, las fuentes consultadas remarcan que la documentación incorporada a la causa acredita que los servicios prestados por los despachos contratados eran “singulares, diferenciados y perfectamente individualizables”.
Finalmente, la defensa sostiene que, incluso en el caso de que se considerara incorrecta la fórmula de contratación utilizada, los hechos deberían ser analizados exclusivamente desde la perspectiva administrativa. “En ningún caso se desprende la existencia de los elementos típicos exigidos por el derecho penal”, concluyen las mismas fuentes.
La investigación se inició en los juzgados del Vendrell, pero una parte de la causa fue remitida al Tribunal Supremo por la condición de aforado de Alonso como diputado en el Congreso. Paralelamente, otra parte del procedimiento se tramita en el Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (TSJC), ya que Joan Ignasi Elena es diputado en el Parlament y también goza de aforamiento.
