El Ayuntamiento de Sant Pere de Ribes abre convocatoria de ayudas económicas para el transporte público interurbano y se pueden solicitar hasta el 22 de septiembre de 2025. Esta subvención está dirigida a personas empadronadas en el municipio que sean pensionistas y a personas con discapacidad reconocida igual o superior al 33%, concretamente para asumir el gasto del transporte público de bus interurbano en la línea Sitges – Sant Pere de Ribes – Vilanova. El objetivo es facilitar el acceso a este transporte y potenciar la integración y la movilidad interurbana.
El consistorio destina 3.000 euros para el año 2025 a esta iniciativa. La prestación económica de carácter social irá dirigida a financiar los gastos del transporte interurbano, en las modalidades de abonos de la línea Sitges - Sant Pere de Ribes – Vilanova, siendo el máximo subvencionable 100 viajes.
Los requisitos previos de acceso son:
- Estar empadronado/a en el municipio de Sant Pere de Ribes.
- Tener una discapacidad del 33% o más, acreditado mediante certificación o resolución del ente competente o disponer de la tarjeta acreditativa de la discapacidad expedida por la Generalitat de Catalunya.
- Ser perceptor/a de pensiones del Sistema Público.
- Que los ingresos anuales del ejercicio 2024 sean iguales o inferiores a 2 veces el indicador de renta de suficiencia de Cataluña vigente, estableciéndose el límite de ingresos anuales de la persona solicitante en 18.683,84 euros anuales. Se consideran ingresos los obtenidos por cualquier concepto, correspondientes al ejercicio 2024. En el caso de cambios de la situación económica en 2025, será necesario acreditarlo documentalmente y se tendrá en cuenta a la hora de aplicar el baremo económico.
- Tener domiciliado el cobro de la prestación en una entidad bancaria.
- No tener acceso a prestaciones económicas otorgadas por otras administraciones y con el objeto de cubrir la misma necesidad, o si se tiene, que estas sean acreditadas como insuficientes.
- No estar sometido a ninguno de los supuestos de prohibición para ser persona beneficiaria de subvenciones de conformidad con el art. 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
Tramitación
Las solicitudes se atenderán por orden de entrada en el registro general del Ayuntamiento pudiéndose hacer:
- Por la Sede Electrónica municipal. Es necesario que la persona que realice el trámite tenga una herramienta de identificación digital, como puede ser la T-CAT, el DNI electrónico, el sistema Cl@ve o el IdCAT Móvil.
- Presencialmente, en las Oficinas de Atención Ciudadana (se puede pedir también cita previa https://citaprevia.santperederibes.cat).
Las bases de esta convocatoria se pueden consultar en este enlace.