L'Hospitalet regula la ubicación de las viviendas turísticas, apartamentos, albergues y alojamientos educativos

El Ayuntamiento blinda el suelo residencial y vetará nuevas viviendas y apartamentos turísticos a partir de 2028

28 de octubre de 2025 a las 20:50h

El Pleno municipal ha aprobado inicialmente la modificación puntual del Plan general metropolitano (PGM), que establece las condiciones de emplazamiento de las viviendas de uso turístico (HUT), apartamentos turísticos, albergues de juventud y alojamientos destinados al colectivo educativo en L’Hospitalet. El acuerdo ha tenido el voto a favor de todos los grupos municipales a excepción de VOX que se ha abstenido.

El objetivo principal es adaptar la normativa local a las determinaciones del Decreto ley 3/2023, así como regular las condiciones urbanísticas de emplazamiento de este tipo de alojamiento temporal en el municipio.

Según el nuevo régimen urbanístico:

Viviendas de uso turístico y apartamentos turísticos

Según el texto, no se podrán ubicar en el ámbito de la modificación puntual del PGM, es decir, en todo el término municipal, para garantizar la suficiente disponibilidad de suelo para el uso residencial habitual de la población.

El Decreto ley 3/2023 de la Generalitat establece un régimen transitorio de 5 años (hasta 2028) para las viviendas de uso turístico. A partir de este momento no podrá haber ninguna. Respecto a los apartamentos turísticos, quedarán en situación de disconformidad, es decir, podrán continuar con la actividad hasta que finalice.

Albergues juveniles y alojamientos educativos

Pueden emplazarse solo en edificios de uso exclusivo y en vías con una anchura mínima de 12 metros frente a la fachada principal, para garantizar unas condiciones adecuadas de accesibilidad y convivencia con el entorno urbano.

Además, prevé una regulación diferenciada según la densidad de población de los barrios, con el objetivo de evitar una concentración excesiva de este tipo de establecimientos y favorecer una distribución equilibrada en el conjunto de la ciudad.

Las distancias mínimas entre alojamientos variarán en función de su capacidad, de manera que se garantice una implantación ordenada y compatible con la actividad vecinal.

Los otros tipos de alojamientos temporales, como pensiones, hostales, hoteles y hoteles apartamento, continúan regulados según la MPGM aprobada definitivamente el 1 de marzo de 2019.

En línea con el Plan local de Vivienda de L’Hospitalet que se está elaborando, esta modificación permite ordenar mejor el territorio, equilibrar el uso turístico y residencial y garantizar un desarrollo urbano más sostenible para la ciudad.

Prorrogar durante un año las suspensiones de licencias

Además, se ha aprobado prorrogar durante un año las suspensiones de licencias acordadas por la Junta de Gobierno Local en sesiones del 6 de noviembre de 2024, producto de un acuerdo con LHECP-C, y del 30 de julio de 2025, que afectan a las viviendas de uso turístico (HUT), apartamentos turísticos y albergues juveniles.

El Pleno también ha acordado suspender temporalmente la tramitación y otorgamiento de nuevas licencias para alojamientos destinados al colectivo educativo dentro del suelo urbano del municipio, en aquellas zonas donde la normativa urbanística permite el uso de vivienda o residencial.

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