Envían a prisión a un tuitero que 'atacaba y perseguía' a una familia que exigía el 25% de castellano en la escuela

El hombre compartía mensajes para hacer llamamientos a localizar y hacer públicos el nombre y la dirección de la familia, aislarlos y hacerles “vivir un infierno”

30 de octubre de 2025 a las 18:27h

La Sección Segunda de la Audiencia de Barcelona ha condenado a un hombre a dos años de prisión, una multa de 1.980 euros y a pagar 7.500 euros de indemnización por delito contra la integridad moral y delito de odio por mensajes difundidos en la red X contra una familia de Canet de Mar que había reclamado una mayor cuota de enseñanza en castellano para su hija. Además, el tribunal le inhabilita para cualquier tarea docente, deportiva, cultural o de ocio durante cinco años. Otros dos acusados han sido absueltos porque el tribunal ha entendido que sus publicaciones se mantienen dentro de los límites de la libertad de expresión. El juicio se celebró los días 16 y 17 de octubre.

La sentencia analiza el contexto: en diciembre de 2020 el Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (TSJC) ordenó que en la clase P5A de la escuela Turó del Drac, de Canet, se impartiera como mínimo el 25% del horario en castellano, y a inicios de 2021 el padre afectado impugnó el proyecto lingüístico del centro y solicitar medidas para que se aplicara la resolución judicial. Este procedimiento desencadenó un amplio debate público en las redes a partir de diciembre de 2021.

En la valoración de los mensajes, la sala recuerda la necesidad de delimitar cuándo expresiones en debate público pueden trascender la libertad de opinión y convertirse en delitos contra la integridad moral o en discursos de odio. Según el tribunal, muchos de los tuits analizados contenían llamamientos a localizar y hacer públicos el nombre y la dirección de la familia, aislarlos y hacerles “vivir un infierno”, así como incitaciones a perseguirlos como represalia por su actuación judicial. Estas publicaciones, continúa la sentencia, tienen una clarísima aptitud intimidatoria y buscaban imponer un resultado concreto: que la familia tuviera que abandonar el pueblo.

Por contra, los mensajes atribuidos a los otros dos procesados, pese a ser cuestionables desde el punto de vista ético y político, han sido interpretados por la sala como enmarcados dentro del derecho a la libertad de expresión en el contexto del debate público, sin alcanzar el umbral penal.

La resolución se fundamenta en la doctrina del Tribunal Supremo, del Tribunal Constitucional y del Tribunal Europeo de Derechos Humanos para establecer los límites entre la libertad de expresión y la responsabilidad penal cuando existe riesgo de hostilidad, amenaza o estigmatización contra personas concretas.

Sobre el autor
cropped Projecte nou 3 (1)
Ismael Lobo
Ver biografía
Lo más leído