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El Tribunal Supremo ha ratificado que no se pueden hacer públicos los nombres de las empresas o personas jurídicas que son grandes tenedoras de vivienda en Cataluña, ya que la combinación de esta información con otros datos podría permitir localizar fácilmente estos inmuebles y aumentar el riesgo de ocupación ilegal.
Esta decisión llega después de que la Sala Tercera haya desestimado el recurso presentado por la Generalitat contra una sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (TSJC), que había impedido facilitar esta información pública reclamada por una periodista.
Contexto y antecedentes del caso
El conflicto judicial se desencadenó a raíz de una petición formulada por una periodista, que solicitaba acceder a la lista completa de los grandes tenedores en Cataluña, donde se incluían 3.187 personas jurídicas, así como el número de propiedades arrendadas y la ubicación municipal de los inmuebles. Esta demanda fue denegada inicialmente por la Comisión de Garantía del Derecho de Acceso a la Información Pública (GAIP), pero posteriormente fue impugnada ante el TSJC por parte de la Cámara de la Propiedad Urbana de Barcelona (CPUB).
Evaluación del riesgo según el tribunal
En el argumentario jurídico, el Tribunal Supremo considera probado que dar acceso a los nombres de los grandes tenedores, conjuntamente con datos como el municipio o el volumen de viviendas en posesión, facilita identificar exactamente qué inmuebles gestionan. Esto supone un riesgo elevado porque estos datos podrían ser utilizados como paso previo para la ocupación ilegal.
Además, destaca que el 82% de las ocupaciones registradas en Cataluña afectan a viviendas vinculadas a grandes propietarios. En este sentido, un manual sobre ocupaciones aportado durante el procedimiento judicial señala explícitamente que identificar al propietario gran tenedor es a menudo el primer paso en el proceso para localizar los inmuebles susceptibles de ocupación.