La Audiencia Provincial de Tarragona ha dictado sentencia absolutoria contra el exconcejal de Urbanismo, Àngel Fernández, el empleado de la empresa Típel, Juan Carretero, y el trabajador del grupo Eroski, José Miguel Yubero. Los tres estaban acusados de tráfico de influencias y prevaricación administrativa relacionadas con el desarrollo urbanístico del Parc Central.
Según la resolución hecha pública este viernes, la sección cuarta del tribunal ha considerado que no existe "suficiente prueba de cargo que enervi la presunción de inocencia". Esta decisión llega después de que el juicio quedara visto para sentencia hace más de un año y tras treinta años desde el inicio de los hechos.
Detalle de la sentencia y argumentos del tribunal
En un documento que supera las 200 páginas, los magistrados analizan exhaustivamente las relaciones entre empresas, personas implicadas y los diversos procesos administrativos vinculados a la modificación urbanística conocida como PERI-6, situada en los terrenos llamados "del Gas", donde se planificó la construcción del centro comercial.
Estas palabras recogen parte de los argumentos: "El ministerio fiscal sostiene la existencia de una trama integrada por diferentes personas que desde sus respectivas posiciones profesionales se concertaron con la intención final de obtener un beneficio económico con ocasión de la modificación del PERI-6 en los terrenos del gas".
No obstante, el tribunal concluye que los contratos vinculados a estos terrenos —como los firmados con Metspor, Las Pieles de España o entre Erosmer Valencia y Cafisa— correspondieron exclusivamente al administrador de Erosmer Valencia. En este sentido, respecto a Yubero se indica que no hubo una intervención más allá de gestionar documentos relacionados con el convenio urbanístico ya suscrito por Continente y el Ayuntamiento.
Por otro lado, respecto a Carretero, se afirma claramente que no existe "ningún elemento probatorio" que indique una participación directa o indirecta influyendo en decisiones administrativas vinculadas al caso.
En cuanto a Fernández, exconcejal responsable durante aquel período, el tribunal rechaza todas las acusaciones pendientes contra él. No se han encontrado pruebas "concluyentes" sobre supuestas prebendas ni ningún indicio en sus cuentas bancarias que sugiera irregularidades financieras.
Asimismo, subrayan: "No existe prueba suficiente para alterar la presunción de inocencia" sobre ninguno de los tres encausados. Por esta razón se dicta una sentencia absolutoria respecto a todos los cargos formulados contra ellos.
Contexto histórico y proceso judicial
El procedimiento judicial referente al Parque Central se inició oficialmente el pasado septiembre ante la Audiencia Provincial. Inicialmente, eran ocho los investigados, pero solo cuatro comparecieron como acusados: Àngel Fernández (exconcejal de Urbanismo por el partido CIU), Juan Carretero (empleado vinculado a Típel), José Miguel Yubero (trabajador vinculado al grupo Eroski) y un abogado relacionado con otros imputados.
De los otros investigados iniciales —entre ellos figuras como Isidoro Prenafeta o José María Vidal— algunos han fallecido durante las últimas décadas mientras otros quedaron fuera del procedimiento por motivos legales o personales. Por ejemplo, Enric Llovet fue excluido porque se le retiró una acusación específica; mientras Miquel Colàs lo fue por cuestiones médicas derivadas de su avanzada edad.
El origen mismo del caso se remonta a 1994 cuando Fiscalía comenzó a investigar presuntas irregularidades en la venta de los terrenos donde hoy se ubica el Parque Central. Sin embargo, aquella primera causa se archivó ese mismo año, pero se reabrió posteriormente hasta iniciar nuevas diligencias formales en marzo de 1997. La instrucción finalizó casi veinte años después, en 2016; todo ello acumulando cerca de 30.000 folios antes de que se iniciara formalmente el juicio tres décadas más tarde.
Cabe destacar también que Fiscalía había retirado previamente las peticiones iniciales sobre multas millonarias dirigidas a los encausados antes mencionados.