El Ayuntamiento de Sant Pere de Ribes ha abierto la convocatoria para conceder ayudas municipales para la rehabilitación interior de viviendas vacías para incorporarse a la bolsa de viviendas de alquiler del Programa de Mediación Municipal de Sant Pere de Ribes. El plazo de presentación de las solicitudes es hasta el 30 de septiembre de 2025.
El objetivo es fomentar el acondicionamiento de viviendas del mercado libre para reducir la presencia de inmuebles desocupados vacíos del municipio concediendo subvenciones a propietarios de viviendas, personas físicas o jurídicas, para llevar a cabo obras de rehabilitación de interior, reforma y arreglos, con el compromiso de que se destinen en régimen de alquiler asequible o cesión de uso al Ayuntamiento, a través del Programa de la Bolsa de mediación municipal, por un período no inferior a 5 años, para los casos de propietarios personas físicas, o de 7 años, para los casos de propietarios personas jurídicas. También debe comportar la creación de puestos de trabajo y la dinamización del sector económico de la construcción.
Para poder acogerse a las ayudas previstas, las viviendas deben cumplir los siguientes requisitos:
a) Estar ubicados en el municipio de Sant Pere de Ribes.
b) Que tengan uso residencial y puedan cumplir las condiciones de habitabilidad.
c) Que el estado de la vivienda requiera obras de arreglo / rehabilitación.
d) Las actuaciones se deben llevar a cabo de acuerdo con el permiso de obras concedido, licencia o comunicación previa, y dentro del plazo que se establezca.
e) Estar desocupados en la fecha de solicitud de la subvención y/o ser susceptibles de ser incorporados a la bolsa de alquiler social.
f) Disponer de cédula de habitabilidad y certificado de eficiencia energética, o estar en condiciones de obtenerlos una vez se haya llevado a cabo la rehabilitación de la vivienda.
No podrán ser beneficiarias de las subvenciones las entidades financieras, bancos y entidades de crédito; los fondos de inversión inmobiliaria, fondos buitre u otras figuras similares con finalidad principalmente especulativa o lucrativa, y las personas físicas o jurídicas sancionadas por incumplimiento de normativa urbanística, de vivienda o de arrendamientos urbanos.
La cuantía máxima de la subvención se establece en función de los costes o gastos subvencionables del conjunto de las actuaciones de rehabilitación de la vivienda. El importe de la subvención será el 50% del presupuesto protegible, con un máximo de 5.000 euros por vivienda.
Las solicitudes podrán presentarse de manera presencial en las Oficinas de Atención Ciudadana, pidiendo cita previa, o por la Sede Electrónica municipal, adjuntando la documentación a la instancia.
Las personas interesadas en recibir estas subvenciones pueden encontrar las bases y los modelos de solicitud en la web municipal.