Condenado a dos años de prisión un trabajador del plan Iglú de Lleida por agresión sexual a dos mujeres

La Paeria deberá indemnizar a cada víctima con 2.000 euros como responsable civil subsidiaria de los hechos

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18 de febrero de 2026 a las 13:03h

La Audiencia de Lleida ha condenado a un trabajador del plan Iglú de la capital del Segrià a 2 años de prisión por haber realizado tocamientos a una usuaria del servicio y a una compañera de trabajo. Los hechos tuvieron lugar entre noviembre de 2022 y marzo de 2023 en el pabellón de la Fira de Lleida, donde se desarrollaba el dispositivo municipal de atención a personas sin techo durante el invierno.

El procesado reconoció los hechos este miércoles a raíz de un pacto de conformidad, quedando condenado por dos delitos de agresión sexual, con la circunstancia atenuante de reparación del daño. A finales de 2024, la Paeria consignó 26.666 euros en los juzgados como responsable civil subsidiaria, y se ha establecido que el consistorio indemnice a cada víctima con 2.000 euros.

A raíz del acuerdo para rebajar la pena, la sentencia, que ya es firme, establece que el hombre cumplirá 1 año de prisión por cada delito de agresión sexual, además de 5 años de libertad vigilada. También se le impone la prohibición de acercarse a menos de 300 metros de las víctimas y de comunicarse con ellas durante 3 años, así como la imposibilidad de trabajar en empleos que impliquen contacto con menores durante 6 años.

Inicialmente, la Fiscalía había solicitado 3 años y medio de prisión por la agresión a la usuaria del servicio, pero no había presentado acusación por la presunta agresión a la compañera de trabajo, que denunció los hechos meses después. Por su parte, la acusación particular había pedido hasta 12 años de prisión.

Dado que la condena no supera los 2 años y que el hombre no tiene antecedentes, la Audiencia de Lleida ha acordado la suspensión de la pena de prisión con la condición de que no cometa nuevos delitos durante 3 años, que asista a un curso de educación sexual y que respete las prohibiciones de comunicación y las órdenes de alejamiento impuestas.

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