La Audiencia Provincial de Lleida ha impuesto una pena de 5 años de prisión y una libertad vigilada de 6 años a un hombre acusado de agresión sexual con penetración contra una mujer en la ciudad de Tàrrega, la madrugada del 11 de febrero del 2022. Los hechos tuvieron lugar mientras el procesado se encontraba en casa de un amigo, donde también estaba la víctima, momento en que se produjo la agresión.
En el transcurso del juicio celebrado este jueves, el acusado ha aceptado los cargos tras llegar a un acuerdo de conformidad entre la defensa y la Fiscalía, que inicialmente pedía una pena de 10 años. El ministerio público ha aplicado la atenuante de drogodependencia, dado que se ha considerado que el acusado actuaba bajo los efectos de sustancias estupefacientes en el momento de los hechos.
Además del periodo penitenciario y la libertad vigilada impuestos por este delito de agresión sexual con penetración, la sentencia oral establece diversas restricciones: al acusado se le prohíbe acercarse a menos de 500 metros de la víctima así como comunicarse con ella durante un plazo máximo de 10 años. También se le prohíbe desarrollar actividades laborales que impliquen contacto directo con menores durante un periodo superior a 15 años.
La víctima renuncia a reclamar ninguna indemnización
Ante el tribunal, durante la vista por conformidad, la acusación particular ejercida por parte de la víctima ha decidido renunciar tanto a las acciones civiles como penales relacionadas con este caso. De esta manera, se ha apartado formalmente del proceso judicial y no reclamará ninguna indemnización económica. Cabe recordar que inicialmente la Fiscalía había solicitado una compensación totalizada en 30.000 euros por los daños morales y 370 euros por lesiones físicas.
A preguntas directas formuladas por la magistrada sobre si reconocía los hechos imputados y aceptaba las condiciones propuestas en el acuerdo, el acusado respondió: “Sí que estoy conforme porque no tengo más remedio, pero no soy un violador.” Ante esta respuesta inicial, se le reiteró si estaba de acuerdo con las penas y reconocía los hechos; finalmente manifestó afirmativamente su consentimiento. La resolución ya dispone del carácter firme.
