En el marco de la sesión de hoy, el Consejo de Gobierno de la UdG, el máximo órgano de gobierno de la institución universitaria, ha aprobado la convocatoria y el calendario de elección de rector o rectora. En virtud de este acuerdo, las elecciones para suceder al rector Quim Salvi los seis años siguientes se llevarán a cabo el 27 de noviembre mediante votación electrónica.
Entre las principales fechas de este calendario destacan la presentación de candidaturas (del 7 al 11 de noviembre), la proclamación provisional y definitiva de candidatas y candidatos (el 12 y el 18 de noviembre, respectivamente), la entrega de las líneas generales del programa de gobierno de las candidatas y los candidatos (19 de noviembre), la campaña electoral (del 19 al 25 de noviembre) y la jornada de reflexión (el 26 de noviembre), la víspera de la votación electrónica que tendrá lugar desde las 9 h a las 18 h del día 27 de noviembre.
De acuerdo con la Ley Orgánica del Sistema Universitario (LOSU, de 2023), el nuevo rector o rectora de la UdG estará al frente de la institución por un único mandato de seis años improrrogables y no renovables, por lo que no podrá optar a la reelección a diferencia del actual rector, Quim Salvi, que ha liderado la UdG los últimos ocho años, en dos mandatos consecutivos de cuatro años cada uno. Salvi ganó las elecciones a finales de 2017 y fue reelegido en 2021. Las acciones más destacadas de su acción de gobierno a lo largo de este tiempo se recogen en un espacio web que se presentó en Claustro Universitario el 16 de octubre.
El próximo rector o rectora de la UdG será el sexto en ocupar el cargo después de Josep M. Nadal (1992-2002), Joan Batlle (2002-2005), Anna M. Geli (2005-2013), Sergi Bonet (2013-2017) y Quim Salvi (2018-2025).
Según los nuevos Estatutos de la UdG, de julio de 2025, la rectora o el rector es el máximo órgano académico de la Universidad y ejerce la representación, la dirección, el gobierno y la gestión. Esta persona es elegida por la comunidad universitaria mediante elección directa y sufragio universal ponderado según los siguientes porcentajes: el voto del sector del personal docente e investigador permanente equivale a un 51%; el del resto del personal docente e investigador equivale a un 12%; el del estudiantado, un 25%; y un 12% el del personal técnico, de gestión y de administración y servicios.