La alcaldesa de Ripoll, Sílvia Orriols, ha anunciado hace escasos momentos, la firma de un bando municipal que prohíbe el uso de burquinis en la piscina pública local, alegando razones de seguridad. La alcaldesa ha instado a otros ayuntamientos de Cataluña a adoptar la misma decisión, afirmando que «esto ya se pasa de la raya».
Justificación oficial
Orriols justifica la decisión alegando que el burquini podría suponer un riesgo para la seguridad de los usuarios y un impedimento para garantizar espacios acuáticos libres de elementos que dificulten el rescate o provoquen accidentes. Sin embargo, no ha presentado evidencia técnica que apoye esta afirmación, tampoco ningún estudio de riesgo real.
Esta no es la primera ocasión en que Orriols adopta medidas contra símbolos islámicos en espacios públicos. En febrero, presentó una propuesta para modificar la ordenanza municipal y prohibir el uso del velo islámico en escuelas y equipamientos municipales. Esta iniciativa fue finalmente derrotada en el pleno municipal gracias al rechazo unitario de ERC, PSC, CUP y Junts, que consideraron que vulneraba la libertad religiosa y los derechos fundamentales.
Reacciones e impacto
El Gobierno, en reiteradas ocasiones anteriores, ha reafirmado que según la normativa actual, las piscinas públicas catalanas deben permitir la libertad de vestimenta, siempre que cubra los genitales, y no se pueden imponer restricciones que generen discriminación: incluyendo el burquini, el topless y la lactancia pública. Así pues, habrá que ver qué medidas se aplican sobre esta decisión de Orriols.
El veto de la presidenta de Alianza Catalana ha generado un debate intenso. Por un lado, los sectores críticos acusan la medida de fomentar islamofobia institucional y vulnerar derechos fundamentales. Por otro lado, hay quien ve en esta decisión una reafirmación del control sobre «modelos culturales que, según Orriols, serían machistas o colonizadores», según su discurso habitual. A la vez, en la red social X, son muchos quienes aplauden la medida por motivos de "higiene".
La experiencia judicial anterior establece que los ayuntamientos no pueden restringir la libertad religiosa mediante ordenanzas. Si esta nueva medida finalmente se implementa en Ripoll, es muy probable que podría acabar, fácilmente, ante los tribunales para declararse inconstitucional.