La Justicia da la razón al Ayuntamiento de Girona con su tasa de 4,95 € a los autobuses turísticos

La patronal había presentado un recurso al considerar la medida excesiva y una "desigualdad" entre los autobuses turísticos y los coches que también llevan turistas

13 de marzo de 2026 a las 17:47h

El Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (TSJC) ha ratificado la tasa de 4,95 euros por hora que el Ayuntamiento de Girona aplica a los autobuses turísticos. Esta medida se introdujo a finales del año pasado para regular el estacionamiento de los autobuses en la explanada de Fontajau, donde se han habilitado 21 plazas para estos vehículos. El TSJC ha rechazado un recurso interpuesto por la patronal del sector, Asetrans, que cuestionaba tanto el importe de la tasa como el procedimiento seguido para aprobarla.

Según el Ayuntamiento de Girona, la tasa tiene como objetivo ordenar la actividad turística en la ciudad y garantizar una convivencia adecuada entre los vecinos y los turistas. Además, el Ayuntamiento destaca que la medida también busca compensar el impacto del turismo sobre la movilidad urbana y los espacios públicos. La nueva tasa se fija en 4,95 euros por hora, con un mínimo de 1,25 euros, y se aplica exclusivamente a los autobuses turísticos estacionados en la explanada de Fontajau.

 

El recurso de Asetrans

La Asociación Empresarial de Transportes Públicos de las comarcas gerundenses (Asetrans) presentó un recurso contra la tasa, alegando que el procedimiento para aprobarla no se siguió correctamente y que el importe era excesivo.

Además, Asetrans argumentaba que la tasa generaba una situación de "desigualdad" entre los autobuses turísticos y los coches que también transportan turistas, ya que los últimos no estaban sujetos a la misma carga fiscal.

 

La sentencia del TSJC

La Sección Primera de la Sala Contencioso-Administrativa del TSJC ha desestimado íntegramente el recurso presentado por Asetrans y ha ratificado tanto el importe como el procedimiento seguido por el Ayuntamiento.

El tribunal considera que la tasa no fue fijada de manera "discrecional o arbitraria", sino que se estableció a partir de un procedimiento técnico documentado que contó con informes técnicos independientes. Además, el TSJC subraya que el cálculo de la tarifa se basó en el valor de mercado y garantiza "la sostenibilidad del sistema y la equidad entre operadores".

 

Sin discriminación entre autobuses y coches

Una de las principales cuestiones que alegó Asetrans era la posible "discriminación" entre los autobuses turísticos y los coches que también transportan turistas. El TSJC ha resuelto que no hay una discriminación injustificada, ya que existe una "diferencia objetiva y razonable" entre los dos tipos de vehículos.

El tribunal remarca que los autobuses ocupan más espacio de aparcamiento, tienen más peso, tamaño y capacidad, y generan más impacto sobre la movilidad y el tráfico urbano que los coches. Por lo tanto, la tasa para los autobuses turísticos se considera proporcional y justificable.

 

El Ayuntamiento celebra la decisión judicial

El Ayuntamiento de Girona ha celebrado la resolución judicial, destacando que la tasa es una medida necesaria para regular la actividad turística de la ciudad. La vicealcaldesa y concejala de Promoción Económica, Gemma Geis, ha explicado que "regular el estacionamiento de los autobuses turísticos es una herramienta necesaria para garantizar una convivencia adecuada con los vecinos". Por su parte, la teniente de alcaldía de Hacienda, Sílvia Aliu, ha subrayado que la medida busca compensar el impacto del turismo y asegurar un retorno económico para todos los gerundenses.

La sentencia llega justo la misma semana que el TSJC ha anulado dos tasas en Barcelona que se aplicaban a los buses turísticos. En este caso, el tribunal consideró que estas tasas no estaban suficientemente fundamentadas ni motivadas, hecho que provocó su invalidación.

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Eric Mendo
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