Un hombre viola a su hermana mientras dormía y asegura que no recuerda nada porque había consumido drogas y alcohol

La Audiencia de Girona lo ha condenado a seis años de prisión y 10 años de libertad vigilada

19 de septiembre de 2025 a las 17:09h
Foto de Xavier Pi / ACN

La madrugada del 15 de abril de 2019 se convirtió en una noche trágica para una familia de Sant Feliu de Guíxols que seis años después ha conseguido hacer justicia. Durante aquella noche, la hija y su hermano salieron de fiesta juntos, pero poco después de llegar a casa y cuando la chica ya dormía, el hombre la violó en el sofá.

Esta mañana, la sección tercera de la Audiencia de Girona ha condenado al acusado a seis años de prisión al considerar que las pruebas son "contundentes" y "no dejan ningún espacio de duda". Además, la víctima ha asegurado que aún sufre "consecuencias graves" a causa de la violación por parte de su hermano, lo cual "supuso y supone hoy en día una situación de fuerte impacto emocional y ha provocado un deterioro en el desarrollo de su vida".

El acusado se aprovechó de que la hermana había consumido alcohol y cannabis aquella noche

En un inicio, la fiscalía y la acusación particular pedían 10 años de prisión, pero la defensa pidió la absolución o la atenuante porque asegura que estaba bajo los efectos del alcohol y las drogas. En el juicio, la víctima declaró a puerta cerrada y el acusado dijo que no recordaba nada de lo que había pasado. Sin embargo, la sentencia recoge que el abuso sexual con penetración se produjo entre las 5:30 y las 7:12 horas de la madrugada y el acusado aprovechó "la ocasión que le brindaba el hecho de que su hermana estaba de visita y se había quedado a pasar la noche". Además, el condenado también se habría beneficiado de que su hermana tenía la capacidad de reacción "disminuida" porque aquella noche había consumido alcohol y cannabis.

Finalmente, la Audiencia lo ha condenado como autor de un delito de abuso sexual con penetración y le ha impuesto 6 años de pena de prisión. Además, ha descartado que el hombre tuviera "ni siquiera levemente disminuidas" sus capacidades, por lo cual no ha rebajado la pena por este atenuante. Por otro lado, sí ha estimado el atenuante de dilaciones indebidas: "De acuerdo con la jurisprudencia y teniendo en cuenta que la instrucción del delito no puede calificarse como compleja, procede su estimación porque los hechos pasaron en 2019 y el juicio ha sido en 2025, esto son 6 años después".

Además, la sentencia también recoge que la versión aportada por la víctima es "persistente y sin fisuras", lo que añadido al estrés postraumático le ha generado un "fuerte impacto emocional". Aparte de los 6 años de prisión como autor de un delito de abuso sexual con penetración con el atenuante de dilaciones indebidas, la Audiencia le impone al condenado 10 años de libertad vigilada y le prohíbe acercarse a menos de 500 metros y comunicarse con la víctima durante 15 años. En concepto de responsabilidad, la sección tercera fija la indemnización por el daño moral en 70.000 euros. La sentencia no es firme y el TSJC valorará el recurso.