El juzgado de instrucción 2 del Tribunal de Instancia de Sabadell ha dejado en libertad con medidas cautelares al hombre de 49 años, de nacionalidad española, detenido por la muerte de su padre durante una pelea en un piso de la calle Tibet, en el barrio de Merinals. Los hechos ocurrieron la madrugada del 31 de enero, y los Mossos d’Esquadra lo arrestaron en el mismo domicilio, donde también vive la madre del detenido.
Después de la detención, investigado por un presunto homicidio, el hombre ingresó en un centro psiquiátrico, tal como informó el Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (TSJC) al día siguiente. Según fuentes judiciales, este ingreso y el estado de salud mental impidieron que fuera puesto a disposición del juzgado de guardia en las horas posteriores al crimen.
No ha sido hasta más de quince días después, una vez estabilizado y con un informe médico que acreditaba que estaba en condiciones de declarar, que ha podido ser trasladado ante el juez instructor. Tras tomarle declaración, el magistrado ha acordado su puesta en libertad, pero con cautelares: prohibición de salir del Estado, retirada del pasaporte y la obligación de comparecer cuando sea requerido.
La causa continúa abierta por un supuesto delito de homicidio. La investigación la lleva la División de Investigación Criminal (DIC) de la Región Metropolitana Norte, a través del grupo de homicidios. Según ha trascendido, el hombre ha vuelto a vivir en el mismo piso donde se produjo la pelea mortal, donde continúa residiendo la madre.
SEISÈ CRIM MORTAL A CATALUNYA EL 2026
En paralelo, este miércoles se ha conocido otro homicidio en Barcelona: un joven de 20 años habría apuñalado a la pareja de su madre en un domicilio del paseo de Torras i Bages, en el barrio de Sant Andreu, también en el marco de una discusión. La víctima, herida muy grave, ha fallecido de madrugada. Es el sexto crimen registrado en Cataluña desde el inicio de 2026 y el primero en la ciudad de Barcelona este año.
HOMICIDIOS Y ENFERMEDAD MENTAL
El Código Penal español prevé que una persona no sea penalmente responsable (inimputable) si, en el momento de los hechos, sufría una alteración psíquica que le impedía comprender lo que hacía o actuar conforme a esa comprensión. Esto incluye brotes psicóticos graves.
La exención puede ser completa o incompleta, dependiendo de si la persona que comete el crimen sabe lo que hace, pero sufre una alteración grave de la conciencia o actúa con la conciencia completamente alterada. En todos los casos es clave el informe forense psiquiátrico, que determina si había brote activo y qué impacto tenía en las capacidades cognitivas y volitivas.
Curiosamente, sin embargo, y al contrario de lo que la gente piensa, el porcentaje de delitos graves cometidos por personas con trastornos psicóticos es muy bajo en términos absolutos y se aproxima al de la población general. De hecho, las personas con esquizofrenia tienen más probabilidades de ser víctimas de violencia que autoras.