Andorra amplía hasta los 35 años la ayuda para la emancipación juvenil y eleva el límite de ingresos

El nuevo reglamento también introduce cambios para adaptar la subvención a la situación real de los jóvenes

16 de septiembre de 2026 a las 19:48h

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Con el objetivo de facilitar el acceso de los jóvenes a una primera vivienda de alquiler, el Govern ha aprobado el nuevo reglamento de medidas económicas para la emancipación juvenil, una modificación que ajusta el texto a las necesidades sociales del colectivo y amplía el alcance de la subvención.

La ministra de Cultura, Juventud y Deportes, Mònica Bonell, ha explicado que los cambios responden a las demandas planteadas por los mismos jóvenes. “Estas medidas son fruto del trabajo participativo impulsado con jóvenes del país y dan respuesta a una de las principales preocupaciones detectadas en la encuesta de prioridades, que situaba la emancipación entre los ámbitos que más inquietan a la juventud”, ha afirmado.

Más edad, más ingresos y una ayuda más amplia

Una de las principales novedades es la ampliación de la edad de las personas beneficiarias, que pasa de los 22 a los 30 años a los 18 a los 35 años, ambos incluidos. También se actualiza el umbral económico de acceso, que se eleva hasta los 35.000 euros brutos anuales, por encima de los 24.000 euros fijados hasta ahora, con la voluntad de adaptarlo a la realidad socioeconómica actual y hacer más efectiva la medida.

El reglamento también incrementa el importe de la subvención, que a partir de ahora cubrirá íntegramente tanto el depósito como la primera mensualidad del alquiler. Hasta ahora, la ayuda asumía la totalidad de la fianza, mientras que la primera mensualidad se subvencionaba según una tabla de topes.

La situación real del solicitante tendrá más peso

El texto incorpora, además, un cambio en la manera de evaluar la situación de la persona solicitante. A partir de ahora se tendrá en cuenta la realidad laboral y económica existente en el momento de presentar la petición, con una atención especial a los ingresos derivados de un contrato laboral vigente, sea indefinido o con una duración mínima garantizada de cinco años.

Hasta ahora, el reglamento utilizaba como referencia el cómputo anual de ingresos del ejercicio anterior, un criterio que no siempre reflejaba la situación económica efectiva de las personas jóvenes en el momento de pedir la ayuda.

En la misma línea de flexibilización, se introduce la posibilidad de presentar la solicitud con carácter retroactivo hasta el 1 de enero del año en curso. Antes, la petición se tenía que formalizar en el mismo momento de firmar el contrato de arrendamiento.

Nuevos criterios de valoración y condiciones que se mantienen

El nuevo reglamento también revisa los criterios de valoración económica de las personas beneficiarias. Desde ahora, se tendrá en cuenta la situación de la unidad de convivencia, de acuerdo con los criterios establecidos por el LECS para unidades de hasta cuatro miembros. Con el anterior redactado, el análisis se centraba únicamente en el patrimonio y los ingresos de la persona solicitante.

A pesar de estos cambios, el texto mantiene algunas condiciones vigentes. Las personas interesadas deberán acreditar una residencia mínima de cinco años en el Principado, de manera ininterrumpida, antes de presentar la solicitud. Igualmente, no podrán disponer de una vivienda en propiedad ni haber accedido antes a una vivienda independiente del hogar familiar, con la finalidad de dirigir la ayuda a jóvenes que afrontan por primera vez el proceso de emancipación.

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Laura Castaño Martín
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