El Departamento de Agricultura, Ganadería, Pesca y Alimentación (DARPA) ha publicado la Resolución anual de caza que fija las especies cinegéticas, los períodos hábiles de caza y las vedas especiales para el período 2025-2026 en Cataluña. Este año, la temporada comenzará el próximo 21 de agosto, con el período de media veda en las comarcas de Lleida, y finalizará el 29 de marzo de 2026, con el período del jabalí.
El resultado de esta regulación ha sido consensuada en dos sesiones del Consejo de Caza de Cataluña, donde los representantes de las diferentes entidades y organismos han emitido un informe favorable en relación con la propuesta de resolución presentada.
Así, un total de 58.600 personas cazadoras con licencia de caza podrán iniciar esta actividad en un total de 1.371 áreas privadas y locales de caza en Cataluña, además de las 8 reservas nacionales de caza y 20 zonas de caza controlada gestionadas directamente por el Departamento de Agricultura, Ganadería, Pesca y Alimentación.
Actualmente, los terrenos de caza tanto privados como públicos se distribuyen en el 81% de la superficie de Cataluña, con restricciones de seguridad en zonas urbanas, núcleos habitados, carreteras, caminos y ríos en cuanto al uso de arma de fuego.
Aumenta el número de especies a cazar
El número de especies cinegéticas que se podrán cazar durante este período se ha incrementado este año, dado que existe la posibilidad de cazar de nuevo la tórtola turca o de bosque (Streptopelia turtur).
Continúa prohibida la caza en Cataluña del estornino negro (Sturnus unicolor), el cerceta pardilla (Spatula querquedula), la avefría (Vanellus vanellus) y el zorzal alirrojo (Turdus pilaris), que no se consideran especies susceptibles de aprovechamiento cinegético.
Así, en Cataluña se pueden cazar un total de 36 especies, 25 de aves y 11 de mamíferos.
La tórtola turca se podrá cazar durante dos días (7 y 14 de septiembre), de acuerdo con el Plan de gestión adaptativa de la tórtola turca, que aprobó este Departamento en julio. La disminución de la población migradora occidental europea aconsejó la restricción armonizada de la caza en los países miembros afectados (Italia, Francia, España y Portugal) hasta que los indicadores poblacionales fueran positivos durante al menos tres años consecutivos. El 19 de marzo de 2025, el Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación comunicó a las comunidades autónomas que los informes de seguimiento del Grupo de Trabajo (GT) de Aves en Situación Insegura de la Comisión Europea, el Comité NADEG (órgano decisorio del Grupo de Expertos en Directivas Ambientales), levantaba las restricciones y permitía la caza del 1,5% de la población de este corredor, estimada en 8,85 millones de ejemplares. El reparto entre países y comunidades autónomas autoriza la caza de un número máximo de 106.920 ejemplares en el Estado, 5.025 de los cuales en Cataluña. Este reparto se ha realizado en función de la superficie y las capturas que se han ido llevando a cabo en los años anteriores a la restricción. En Cataluña, 43 áreas han solicitado poder cazar la tórtola con las condiciones del Plan.
La caza de la tórtola en Cataluña se realizará mediante un seguimiento cuidadoso de las capturas con el uso, por primera vez, de una aplicación móvil específica que permitirá que las personas cazadoras identifiquen cada captura en aquellas áreas de caza que hayan solicitado específicamente poder cazar esta especie. Los agentes del Cuerpo de Agentes Rurales llevarán a cabo acciones de vigilancia para realizar un seguimiento específico del cumplimiento del Plan.
Además, se mantienen las restricciones de cinco especies de patos, el pato cuchara (Spatula clypeata), el ánade silbón (Mareca penelope), el pato colorado (Netta rufina), el ánade friso (Mareca strepera) y el ánade rabudo (Anas acuta), que sólo se pueden cazar en las Tierras del Ebro, y del agachadiza común (Gallinago gallinago), que se podrá cazar en las Tierras del Ebro y, también, en algunas áreas privadas de caza del Baix Empordà.
Teniendo en cuenta la reducción de la abundancia del ánade silbón en las zonas húmedas del Delta de los últimos años, este año se ha añadido la restricción de que el número máximo de ejemplares cazados por cazador y día sea sólo de uno. Estas reducciones de ejemplares, que afectan al resto de anátidas tanto protegidas como cinegéticas, no parecen consecuencia de la caza, sino más bien de factores ambientales relacionados con la disponibilidad de lagunas de agua dulce donde encuentran refugio y alimento durante el invierno en nuestra casa.
Los períodos hábiles se mantienen igual durante la temporada 2025-2026
El período de media veda, sólo para especies como la paloma torcaz, la tórtola turca, la codorniz, la garza y el estornino común, se inicia el 21 de agosto en las comarcas de Lleida y finaliza el 11 de septiembre (todos los jueves, sábados, domingos y festivos). En el resto de comarcas de Cataluña este período es sólo de cuatro días (24 y 31 de agosto y 7 y 14 de septiembre).
La caza menor (aves, conejo, liebres y zorro) en general comienza el 12 de octubre y se alarga hasta el 1 de febrero de 2026, si bien hay que tener en cuenta las restricciones de diferentes especies, como la perdiz roja, la perdiz pardilla, la paloma torcaz, la focha y los zorzales, que deben adecuarse a las limitaciones por fenología reproductora y a una presión de caza que permitan la conservación de sus poblaciones.
De forma similar a la temporada anterior, se han recogido en la Resolución las previsiones territoriales para algunas especies, como el período hábil de caza del ánade real y la focha en las áreas privadas de las Tierras del Ebro que permitan la regulación de las poblaciones para prevenir daños a los cultivos de este ámbito; la restricción de la caza del zorro en las comarcas de Lleida para ayudar al control natural de las poblaciones de conejo; el aprovechamiento de la agachadiza común en el Baix Empordà adecuado a los datos de la población invernante, y las condiciones para poder cazar la perdiz pardilla.
Finalmente, en cuanto a las especies de caza mayor (rebeco, muflón, gamo, ciervo, corzo, cabra salvaje y jabalí) se mantienen los períodos hábiles diferenciados según las modalidades (acercamiento, espera y batida). Sólo en las comarcas de Barcelona y la Cataluña Central el corzo dispone de un período diferente del resto de comarcas, y se mantienen el mes de noviembre y diciembre como restringida la caza para ambos sexos.
Mantenimiento de las restricciones, las prohibiciones y la seguridad hacia las personas
Sólo se ha añadido la restricción de capturas máximas diarias de ánade silbón, y se mantienen aquellas que limitan la caza colectiva en zonas de cría de águila perdicera, la caza de la becada y otras especies en terrenos libres, la caza en terrenos quemados, la prohibición de cazar los días con peligro extremo de incendio, los días de nieve, y el suministro de alimento al jabalí sin autorización.
A fin de compatibilizar los usos de los espacios naturales y evitar el riesgo de accidentes, los organizadores de batidas de caza mayor están obligados desde el año 2023 a comunicarlas al Departamento de Agricultura cuando se lleven a cabo en los espacios naturales protegidos. Los órganos de gestión y los ayuntamientos reciben esta comunicación directamente y pueden determinar las acciones de información que permitan evitar la entrada de personas ajenas a la batida durante el tiempo en que esté activa.
Autorizaciones por daños
La regulación de este año mantiene la descripción del procedimiento de excepcionalidad que prevé la posibilidad de llevar a cabo acciones de caza para el control de especies cinegéticas en previsión de daños a los cultivos o por otras justificaciones previstas en la normativa. Como novedad, la Resolución ya no recoge el apartado que regulaba la declaración de emergencia cinegética en un ámbito territorial cuando una o más especies causen daños superando un umbral determinado. Desde la entrada en vigor del Decreto ley 5/2024, de 24 de abril, esta figura se regula junto con otras, como la necesidad de la calificación del personal de control de fauna mediante una formación, el análisis de riesgo de daños y la aprobación de planes de control poblacional resultado del análisis como paso previo a la declaración de emergencia cinegética.
Previsiones para la nueva temporada
En general, el régimen pluviométrico de sequía de los últimos años ha limitado la cantidad de algunas especies, cuya abundancia quizás se ha reducido por la falta de agua disponible, lo que sobre todo habría afectado a la supervivencia de ejemplares jóvenes. Las especies migratorias acuáticas, con lechos, lagunas y embalses limitados, pueden haber cambiado sus lugares de invernada en nuestra casa por otros lugares. Los cambios favorables de los últimos meses sin duda permitirán que estas condiciones sean mejores y que los ejemplares disponibles para la caza aumenten de forma significativa. También se prevé un aumento de especies de caza mayor de carácter forestal. Habrá que estar atentos a las repercusiones y los perjuicios que puedan causar en otras actividades.