Las llamadas de vecinos y vecinas de los barrios más turísticos de Roda de Berà a la Policía Local por molestias por ruido, música o fiestas se suceden cada fin de semana durante la época estival. Uno de los mayores problemas, y que más difícil solución tenía, eran los conocidos como pisos o chalets "patera", alquilados durante un período de tiempo breve para celebrar fiestas, en muchas ocasiones muy concurridas. "No podíamos permitir que las vecinas y los vecinos de nuestros barrios o las familias que vienen a pasar unas vacaciones tranquilas en Roda de Berà se encuentren con fiestas cada semana, con música alta hasta bien entrada la madrugada, y arrendatarios diferentes con los que es imposible dialogar, con las molestias que todo esto conlleva", asegura el alcalde Pere Virgili.
Para acabar con esta problemática y con todas las que se derivan del alquiler turístico, el Ayuntamiento comenzó a trabajar a principios de año en la nueva ordenanza reguladora de las viviendas de uso turístico de Roda de Berà. Su redacción se incluyó dentro del Plan Normativo del año 2022 y la Comisión Especial Redactora, formada por miembros de todas las formaciones políticas con representación, aprobó en febrero la memoria de exposición pública. Después de ser sometida a consulta pública, fue aprobada por mayoría en el Pleno ordinario de mayo. Finalmente, una vez finalizada la exposición pública y transcurrido el plazo que fija la normativa vigente, el pasado 5 de agosto se aprobó definitivamente con su publicación en el Diario Oficial de la Generalitat. Roda de Berà se convierte así en el primer municipio de la demarcación de Tarragona en poner en marcha una ordenanza que regula este mercado.
El municipio cuenta, según el registro de la Generalitat, con 495 inmuebles de uso turístico. La nueva ordenanza buscará el equilibrio entre todas estas viviendas y la convivencia con el resto de vecinos y vecinas de los diferentes barrios. A partir de ahora los propietarios de una vivienda turística tendrán la obligación de cumplir con la nueva ordenanza, dado que ésta da herramientas a la Policía Local y al Ayuntamiento para actuar en los casos en que no se cumpla, teniendo en cuenta que el consistorio tiene las competencias compartidas con la Generalitat en esta materia, y a diferencia de otras sí puede aprobar una normativa que los regule. La ordenanza, formada por 37 artículos y tres disposiciones, especifica las obligaciones, así como los derechos, de los propietarios y también de sus arrendatarios temporales, que podrán hacer uso de la vivienda durante un máximo de 31 días. Otra de las condiciones importantes es la que tiene que ver con el aforo del inmueble, ya que en muchas ocasiones éste también se supera. Así, la capacidad será la que marque cada cédula de habitabilidad.
Entre las obligaciones que a partir de ahora tendrán los propietarios se encuentra la de facilitar un teléfono de contacto, ya sea propio o de una tercera persona, que esté disponible para atender un requerimiento o una incidencia de manera inmediata, con el objetivo de evitar alteraciones del orden y garantizar la convivencia ciudadana y el descanso de los vecinos y vecinas. También los gestores de una vivienda turística deberán responder a cualquier requerimiento de la Policía Local y de inspección municipal en un plazo no superior a treinta minutos, y tendrán la obligación de velar para que no se produzcan conductas incívicas o molestias al vecindario, haciendo cumplir la ordenanza de civismo y convivencia ciudadana de Roda de Berà.
También será obligatorio tener en un lugar visible dentro del inmueble, tanto para los arrendatarios como para la Policía Local si fuera necesario, un rótulo con la información básica de la actividad de vivienda de uso turístico.
En los casos en que no se cumpla con esta ordenanza y no se respete el descanso de los vecinos ni las reglas básicas de convivencia, los propietarios deberán requerir a los arrendatarios que abandonen el inmueble en un plazo máximo de 24 horas, pudiendo incluso requerir la actuación de la Policía Local. La nueva ordenanza también contempla sanciones que pueden ir de los 3.000 hasta los 600.000 euros según el tipo de falta, leve, grave o muy grave. Si la infracción es muy grave se podría llegar incluso al cierre del piso turístico.
En cuanto al registro de la vivienda, en el momento de dar de alta uno nuevo, los propietarios deben hacer efectiva la tasa prevista en las ordenanzas fiscales, la cual actualmente es de 137 euros. En cuanto a las ordenanzas fiscales, además, desde el año 2021 la tasa para la recogida de basuras es diferente para las viviendas catalogadas como alojamientos turísticos, dado que en estos casos se ha constatado que la gestión de los residuos no se hace de forma tan cuidadosa y la calidad de éstos baja en comparación con la gestión que efectúan los ciudadanos y ciudadanas que viven todo el año, o de segundas residencias.
