El Pleno del Ayuntamiento de Reus ha aprobado este miércoles, 22 de diciembre, el Plan de Medidas Antifraude, requisito imprescindible para que el Ayuntamiento pueda acceder a los Fondos Next Generation. El plan debe permitir garantizar y declarar que los fondos se han utilizado de conformidad con las normas aplicables, en particular, en lo que respecta a la prevención, detección y corrección del fraude, la corrupción y los conflictos de intereses.
El plan tiene como objetivo establecer los principios y las normas en materia antifraude, anticorrupción y para evitar los conflictos de intereses en relación con los fondos provenientes del Mecanismo para la Recuperación y la Resiliencia (MRR). Para ello, promueve una cultura que ejerza un efecto disuasorio para cualquier tipo de actividad fraudulenta, haciendo posible su prevención y detección, y desarrollando procedimientos que faciliten la investigación del fraude y de los delitos relacionados, que permitan garantizar que estos casos se aborden de forma adecuada y en el momento preciso.
El plan se estructura en torno a los cuatro elementos clave del llamado ciclo antifraude: prevención, detección, corrección y persecución y será de aplicación a todos los órganos y a todo el personal que intervengan en la gestión de fondos provenientes del MRR.
El Plan de medidas antifraude contiene la siguiente estructura y contenido: Preámbulo; Definición de los objetivos y ámbito de aplicación; Definiciones relativas a los conceptos contemplados en el Plan antifraude; Previsión de constitución de una Comisión Antifraude; Evaluación de los riesgos, siguiendo la metodología fijada por la Oficina antifraude de Cataluña.
En relación a las medidas para la lucha contra el fraude, incorpora las siguientes:
- Medidas de prevención: Declaración política; Aprobación de un código de conducta; Obligatoriedad para cada expediente de cumplimentar una hoja de declaración de ausencia de conflicto de intereses (afectará a los miembros de la Mesa de contratación, a los órganos de contratación – Pleno, Junta de Gobierno Local, concejales – y los funcionarios o personal laboral que participan en los procedimientos; Plan de formación para toda la organización
- Medidas de detección: Verificación de las declaraciones de ausencia de conflicto de intereses con otros fondos (Información de terceros, información registro mercantil, Base Nacional de Datos de subvenciones, expedientes de los empleados públicos...); Indicadores de avisos (Banderas rojas según terminología UE): p.ej. en la redacción de los Pliegos de contratación: quejas de licitadores, citar marcas y no genéricos, Pliegos demasiado restrictivos de la competencia etc; Creación de un buzón anónimo de denuncias en la página web del Ayuntamiento
- Medidas correctoras y persecución: Suspensión de los procedimientos de contratación en caso de sospechas de fraude (evidencia de banderas rojas, falsedad en declaración ausencia conflicto de intereses...); Denunciar, si fuera el caso, los hechos punibles a las autoridades públicas competentes; Iniciar una información reservada para depurar responsabilidades o incoar un expediente disciplinario; Denunciar los hechos ante la fiscalía y los tribunales competentes, en los casos oportunos
El Plan antifraude contiene también 5 anexos: Test de autoevaluación de riesgo; Modelo de Declaración de ausencia de conflicto de intereses; Declaración institucional sobre lucha contra el fraude; Código de conducta de los empleados públicos; y Banderas rojas en la lucha contra el fraude.