El Pleno del Ayuntamiento de Reus ha aprobado este viernes, 21 de mayo, la modificación de la ordenanza fiscal que regula el Impuesto de Bienes Inmuebles con un doble objetivo: apostar por el impulso de la energía verde y contribuir a la reactivación económica de Reus. El acuerdo permitirá fijar bonificaciones de entre un 30% y un 50% de la cuota íntegra del impuesto, aquellos inmuebles que instalen sistemas para el aprovechamiento térmico o eléctrico de la energía solar. La bonificación se aplicará durante dos años consecutivos.
La bonificación será de aplicación a los bienes inmuebles que realicen instalaciones de autoconsumo con energía solar fotovoltaica de una potencia eléctrica instalada mayor o igual al 30% de la potencia eléctrica contratada. En el caso de que la instalación de autoconsumo alimente varios bienes inmuebles, se tendrá en cuenta la suma de las potencias contratadas por cada uno de los bienes inmuebles.
La bonificación se aplicará en función del valor catastral de los inmuebles, de acuerdo con los siguientes tramos:
Para inmuebles de valor catastral de hasta 75.000 euros, el 50% de la cuota íntegra.
Para inmuebles de valor catastral de más de 75.000 y hasta 150.000 euros, el 40% de la cuota íntegra.
Para inmuebles de valor catastral de más de 150.000 y hasta 250.000 euros, el 30% de la cuota íntegra.
En el caso de viviendas plurifamiliares que tengan una instalación de autoconsumo con energía solar fotovoltaica para suministrar electricidad a los elementos comunes, la bonificación será del 5% sobre la cuota íntegra por cada una de las viviendas vinculadas.
El beneficio fiscal no será de aplicación a los bienes inmuebles que deban cumplir obligatoriamente con los requisitos de los edificios con consumo casi cero, o que estén obligados por cualquier normativa vigente a la realización de una instalación con energía solar fotovoltaica.
La concesión de la bonificación se hará previo informe favorable de los servicios técnicos de medio ambiente municipales.
Para tener derecho a esta bonificación, será necesario presentar la solicitud de bonificación dentro del plazo de 6 meses a contar desde la ejecución de la instalación. La solicitud deberá acompañarse de los documentos que acrediten que la instalación está ejecutada y legalizada ante la Generalitat de Catalunya.