El Ayuntamiento de Reus, a través de la concejalía de Empresa y Empleo, abrirá una nueva convocatoria de ayudas del Plan de Reactivación Económica y Social destinada a paliar los efectos económicos que las medidas de prevención de la pandemia han tenido en los sectores de actividades deportivas y de actividades educativas en el tiempo libre. La convocatoria tiene una partida económica de 160.000 euros, y la cuantía de las ayudas a las que pueden optar los beneficiarios es de 1.200 euros.
Los sectores deportivo y educativo en el tiempo libre son de los más gravemente afectados, han sufrido nuevos parones y restricciones drásticas de aforo que hace prever una recuperación más lenta, sobre todo para aquellas que se desarrollan en espacios cerrados.
La convocatoria va dirigida a dos colectivos específicos:
- Actividades de ocio en el ámbito educativo, físico-deportivo y de salud. Es decir, empresas y/o autónomos que ofrezcan aprendizaje artísticos, de idiomas o apoyo en diversas materias de aprendizajes, así como servicios y programas educativos; empresas y autónomos que realizan actividades físico-deportivas de ocio o de salud en el tiempo libre.
- Actividades deportivas: entidades gestoras de las instalaciones deportivas censadas en el Censo de equipamientos deportivos de Cataluña, y empresas que gestionan instalaciones deportivas.
La convocatoria posibilitará el acceso a subvenciones a los profesionales que no disponen necesariamente de un espacio físico fijo donde desarrollan la actividad, por el hecho de que es una situación que se produce a menudo en los posibles beneficiarios. En este caso, los profesionales de los sectores subvencionados que no sean titulares de una actividad o negocio con un centro de trabajo, deberán justificarlo en el momento de realizar la solicitud con una declaración responsable que su actividad no se realiza dentro de un centro de trabajo específico y, por este motivo, no tiene licencia municipal de actividad.
Entre otros requisitos, podrán optar a las ayudas las actividades que hayan iniciado la actividad económica antes del 1 de enero de 2020; y que el porcentaje de ingresos se haya visto reducido durante el año 2020 en un 40% respecto del año anterior.