La subvención al comedor escolar para el curso 2020-2021 se podrá solicitar desde el 26 de junio hasta el 17 de julio

25 de junio de 2020 a las 11:56h

Este año, la Concejalía de Bienestar Social del Ayuntamiento de Reus vuelve a priorizar al alumnado de las familias en situación de vulnerabilidad social en las bases aprobadas para conceder ayudas individuales para la asistencia a comedores escolares de segundo ciclo de Educación Infantil, Primaria, ESO y alumnado con Necesidades Educativas Especiales (NEE) para el curso 2020-2021 en los centros educativos de Reus. Estas ayudas municipales cubren el coste total o parcial del servicio y complementan las ayudas que otorga la Generalitat de Cataluña. Reus es de los pocos municipios de Cataluña que gestiona estas ayudas, ya que la mayoría lo hacen a través de los consejos comarcales. Las ayudas se podrán solicitar desde el 26 de junio hasta el 17 de julio, ambos días incluidos, y la adjudicación se prevé para la primera quincena de septiembre. Este año, con motivo de la situación generada por la Covid-19, se recomienda utilizar el nuevo sistema de solicitud abreviada por vía telemática, aunque también se podrá hacer con cita previa o cita telefónica. Por este motivo, se recomienda a las familias que solicitaron la ayuda el curso anterior que esperen a recibir un correo electrónico o un SMS con las instrucciones para poder hacer el trámite abreviado de manera más rápida y fácil.

Las bases de la Generalitat Las bases del Ayuntamiento de Reus incluyen los requisitos, detallados a continuación, incluidos en las bases de la Generalitat.

Podrá solicitar la ayuda de comedor escolar el alumnado que reúna los siguientes requisitos:

  • Estar matriculado/da en un centro educativo de enseñanza obligatoria y de segundo ciclo de educación infantil, sufragados con fondos públicos, durante el curso correspondiente a la convocatoria.
  • No tener el servicio de comedor con carácter gratuito.
  • No estar en acogimiento residencial.
  • Hacer uso del servicio de comedor escolar.

Criterios para el otorgamiento de las ayudas:

  • Cálculo de la renta familiar.
  • Valoración de situaciones específicas de la unidad familiar.

Este año, para optar a las ayudas se prevén dos procedimientos de solicitud: abreviado y ordinario. Como novedad, se ha activado el procedimiento abreviado. Dirigido a las personas solicitantes de ayuda individual de comedor del curso pasado y que no hayan sufrido ninguna modificación en la composición de su unidad familiar, de los hijos/as por los que solicitan la subvención, ni en la documentación presentada a la convocatoria para el curso escolar 2019-20 y que cumplan los requisitos fijados por el Departamento de Educación para este próximo curso 2020-2021. En este caso habrá que firmar remotamente el documento que se les facilitará con el modelo abreviado de solicitud y ratificando la validez de las autorizaciones presentadas el curso anterior para el curso 2020-2021.

El modelo ordinario está dirigido a las siguientes situaciones:

  • Nuevas solicitudes (alumnado que no solicitó la ayuda el curso pasado).
  • Familias donde han cambiado los miembros de la unidad familiar respecto al curso pasado (nuevo/a hijo/a, separación, defunción, emancipación...).
  • Familias donde han variado los hijos/as por los que se quiere solicitar la ayuda

Como excepción, fuera del plazo de presentación, se contemplan las causas sobrevenidas siguientes:

  • Alumnado de nueva matriculación.
  • Casos derivados desde los Servicios Sociales, debidamente motivados, con informe social.
  • Unidades familiares con situación económica gravemente afectada por causas de fuerza mayor y debidamente justificada documentalmente.

En cuanto al importe de las ayudas, los criterios establecidos para este curso aseguran una ayuda parcial del 50% (tramo 1) o del 100% (tramo 2) para aquellas solicitudes que cumplan los requisitos exigidos para cada uno de estos tramos.Como novedad, este curso, para hacer frente a la situación de emergencia social generada por la Covid-19, la Generalitat subvencionará el 70% de la ayuda al comedor escolar, en vez del 50% como en los cursos anteriores. Un tope condicionado a la disponibilidad presupuestaria.

Las familias que tengan concedida la ayuda asumirán el pago de la diferencia entre la ayuda y el importe del comedor, compromiso que adquieren mediante la firma de la solicitud. Abonarán la diferencia directamente al centro escolar donde asiste su hijo o su hija o a la entidad que gestione el servicio de comedor.

Las bases del Ayuntamiento de Reus y cómo solicitar la ayuda La Concejalía de Bienestar Social del Ayuntamiento de Reus ha estado trabajando para que en esta convocatoria de las ayudas de comedor escolar para el curso 2020-2021 la presentación de las solicitudes se haga con las máximas garantías de seguridad a causa de la Covid-19.

La solicitud abreviada se podrá realizar mediante dos sistemas:

  • Las familias que solicitaron la ayuda el curso 2019/2020 y de las que la Concejalía de Bienestar Social de Reus tiene su correo electrónico y su teléfono móvil, recibirán un enlace para acceder a realizar el trámite donde podrán confirmar sus datos con firma remota. Cuando se accede al enlace, lo primero que aparece son unas preguntas para determinar si se puede presentar la solicitud por esta vía y, en caso contrario, se indica el enlace de la solicitud del modelo ordinario.
  • Las familias que solicitaron la ayuda el curso 2019/2020 y de las que la Concejalía de Bienestar Social de Reus en lugar de tener su correo electrónico, tiene sólo su número de teléfono móvil, recibirán un SMS con el enlace del procedimiento abreviado que hay en reus.cat. para hacer el trámite telemático abreviado hace falta un certificado digital y en caso de que no se disponga, indicará que se haga por tramitación ordinaria.

Reus es uno de los ayuntamientos que más dinero destina a estas ayudas. La convocatoria del curso 2020-2021 prevé una dotación de 1.525.000 euros, ampliable según las necesidades como en las convocatorias anteriores, entre el Ayuntamiento y la Generalitat

En cuanto a los requisitos de la subvención del curso 2020-2021, el umbral de renta aplicable ha aumentado respecto a la convocatoria anterior, facilitando que se puedan beneficiar de las ayudas más familias, y es el siguiente:

  • Primer adulto (sustentadores principales): 10.981,40 euros.
  • Segundo adulto (sustentadores principales): 5.490,80 euros.
  • Otros adultos diferentes de los sustentadores principales: 2.745,35 euros.
  • Para cada niño/a de la unidad familiar: 3.294,45 euros.

Los aspectos más destacados de esta convocatoria, ya consolidados, son estos:

  • Complementación municipal: Este año, el Ayuntamiento complementa la ayuda de la Generalitat para las familias con menos recursos económicos con un máximo de 6,23 euros.
  • Conciliación familiar: el Ayuntamiento tiene en cuenta la conciliación familiar para acceder a una ayuda en el pago del comedor escolar, aparte de los criterios establecidos por la Generalitat. Se pagan 5 euros a las familias que superan los baremos establecidos por la Generalitat en los casos que ambos miembros trabajan en horario de comedor escolar y que cumplan los baremos establecidos por el Ayuntamiento. Aparte de estos casos, el Ayuntamiento, también complementa a las familias en situación de conciliación familiar que reciben media ayuda de la Generalitat hasta llegar a los 5 euros, excepto cuando reciben una ayuda superior entre la Generalitat y los complementos del Ayuntamiento por otros criterios. Así, siempre se da la ayuda que favorece más a la familia. También se mantiene el apoyo a las familias monoparentales.
  • Compactación: las familias que reciban media ayuda y lo soliciten, también podrán compactar. Esta demanda se tendrá que hacer constar en la solicitud.
  • Responsabilidad del beneficiario: en Reus, la ayuda máxima que se puede recibir con el complemento del Ayuntamiento es de 6,23 euros en lugar de los 6,33 euros, que es la subvención máxima establecida por la Generalitat. Con esta medida se pretende que la familia beneficiaria se haga responsable del pago de 10 céntimos simbólicos, para que tenga constancia de que este servicio tiene un coste.

Control de las subvenciones Una vez se ha concedido la subvención, se hace un seguimiento exhaustivo de la ayuda con diferentes medidas.

Así pues, la concejalía de Bienestar Social inspecciona de forma aleatoria la asistencia al comedor escolar por parte del alumnado que sus familias reciben subvenciones.

Asimismo, existe la obligatoriedad por parte de las familias que reciben subvención de comunicar a la escuela antes de las 10 h del mismo día si los niños no asistirán. En caso de no avisar, la familia debe asumir el coste del día del comedor.

Además, la no asistencia injustificada del alumno al servicio de comedor escolar por un período de 10 días consecutivos, o de 15 días no consecutivos, comprendidos en un período máximo de 2 meses, provoca la suspensión y posterior revocación de la ayuda.

La Concejalía de Bienestar Social también vela para que las familias que durante el curso no hacen uso de la subvención, a pesar de tenerla concedida, tramiten la renuncia, para poder destinar el dinero a otras familias que han presentado la solicitud por situación sobrevenida.

Los datos del curso 2019-2020 Este curso 2019-2020, se han recibido 3.739 solicitudes de ayudas al comedor escolar, de las cuales se han concedido 3.008. El curso 2018-2019 se recibieron 3.501 solicitudes y se concedieron 2.696. Por lo tanto, este curso, se han beneficiado de la subvención 312 alumnos más que durante el curso anterior.

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