El Ayuntamiento de Alcover aprueba definitivamente la ordenanza del Valle del río Glorieta

02 de noviembre de 2022 a las 10:42h

En el plenario del Ayuntamiento de Alcover del pasado 7 de mayo de 2021 se aprobó definitivamente, por unanimidad, la ordenanza número 14 que regula el uso público del Valle del río Glorieta en el término municipal de Alcover. En el plazo de información pública se presentó una alegación por parte de la Federación Catalana de Espeleología en la que se pedía eliminar la prohibición de la actividad de descenso de barrancos, cañones y desfiladeros en el Valle. Esta alegación se desestimó ya que las zonas que nombraba la Federación para realizar esta práctica no hacían referencia al término municipal de Alcover.

Esta regulación ha sido necesaria ya que a lo largo de los años, el acceso de los visitantes al Valle del río Glorieta se ha visto incrementado notablemente. Se trata de un lugar de gran belleza natural y que, a raíz de la afluencia de personas que quieren disfrutar de este entorno privilegiado, ha ido ligado a actos de incivismo y de masificación generando un grave problema, tanto por el impacto sobre el medio natural como para la misma seguridad de los visitantes, ya que es una zona con alto riesgo de incendio forestal.

La ordenanza detalla una serie de derechos y deberes que los visitantes deben cumplir atendiendo a la señalización, así como las advertencias que puedan recibir por parte de los agentes del cuerpo de vigilancia municipal o de otros cuerpos de seguridad autorizados. Entre otros destacan:

  • Ser respetuosa con el entorno: no tirar desperdicios, basura u otras materias encendidas.
  • Queda prohibido hacer fuego
  • No provocar daños a las actividades agrícolas, ganaderas y forestales.
  • Los viandantes deben transitar por los caminos señalizados o senderos existentes, evitando abrir nuevos.
  • En días de alto riesgo de incendio queda prohibido el acceso con vehículos motorizados Se prohíbe la circulación de autobuses y vehículos de alto tonelaje.
  • El aparcamiento de vehículos se realizará en las áreas habilitadas para esta finalidad.
  • Se prohíbe el estacionamiento en todo el camino y en los accesos de las fincas privadas.
  • También se podrá restringir el baño en determinados tramos.
  • Los animales domésticos deben llevarse siempre atados.
  • Queda prohibida la práctica deportiva de descenso de barrancos y desfiladeros.
  • Queda prohibida la acampada
  • No se permite llevar mesas, sillas, neveras portátiles o camping gas.

El incumplimiento de alguno de los puntos de esta ordenanza conllevará sanciones que pueden oscilar de los 750 a los 3000 euros.

Esta ordenanza municipal se complementa con aquellas otras que regulan las limitaciones de espacios públicos de Alcover y se puede consultar íntegramente en el portal de transparencia del Ayuntamiento.

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C CIUTAT
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