El jurado popular ha declarado culpable por unanimidad al hombre acusado de matar a su pareja el 17 de septiembre de 2023 en su domicilio en Tarragona. Los miembros del tribunal han considerado probado que el investigado asfixió a la mujer -a través de una compresión cervical externa-, provocándole la muerte por anoxia encefálica. Con todo, el jurado ha acordado que no hay pruebas concluyentes que indiquen que el procesado tuviera la intención de matarla. “Era consciente de que podía causarle la muerte con la acción, pero no se ha probado que tuviera intencionalidad”, ha dicho el portavoz. Fiscalía pide 19 años de prisión por un delito de asesinato con traición, rebajando en 4 años la petición inicial. La defensa solicita la pena mínima por un homicidio imprudente.
Culpable el hombre acusado de matar a su pareja en Tarragona en 2023
21 de mayo de 2025 a las 16:04h

En la lectura del veredicto realizada este miércoles al mediodía, los miembros del jurado popular han considerado probado que el acusado y la víctima mantuvieron una relación sentimental que se alargó durante 20 años y que convivían en el domicilio donde se produjo el crimen. Al mismo tiempo, han indicado que ha quedado acreditado que la relación estaba “deteriorada” y que la pareja tenía problemas económicos. También han dado validez al informe de las médicos forenses que indica que la muerte de la mujer se produjo entre las 6.30 y las 13.30 horas del 17 de septiembre de 2023. Por unanimidad, han certificado que la causa de la muerte fue por asfixia por compresión del cuello, lo que le provocó una anoxia encefálica. “Se determina que la causa de la muerte es por anoxia encefálica e inhibición refleja, causada por compresión cervical externa, en un contexto de consumo de cocaína. Además, aunque en el informe preliminar se considere indeterminada la causa de la muerte, ya se indican en observaciones que los infiltrados hemorrágicos en las partes blandas y planos musculares del cuello podrían ser compatibles con la compresión cervical”, han indicado.En este sentido, los miembros del jurado, basándose en los informes forenses, han descartado que la muerte se produjera de forma natural. “Los infiltrados hemorrágicos no pueden ser por causas naturales, los cuales son fruto de una compresión cervical y que se identifican con signos de vitalidad, ya que la sangre ha salido de los vasos sanguíneos y se ha infiltrado. Y, eso, no puede pasar en caso de no estar vivo”, han argumentado en el veredicto.
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