El asesino de Cambrils, culpable: La golpeó y estranguló hasta la muerte

15 de diciembre de 2023 a las 15:50h

El jurado popular ha declarado culpable de homicidio al hombre acusado de matar a su pareja el 30 de julio de 2021 en Cambrils por unanimidad. En la lectura del veredicto que se ha hecho este martes por la noche en la Audiencia de Tarragona han considerado probado que P.J.G. asfixió a su mujer después de golpearla hasta causarle la muerte.

La fiscalía, las acusaciones particulares y la acusación popular que representa al Ayuntamiento de Cambrils, que inicialmente solicitaban que se le condenara por asesinato, han rebajado sus peticiones a quince años de prisión por el homicidio, un año de prisión por quebrantamiento de la orden de alejamiento que ya tenía y un año más por malos tratos en el ámbito familiar. La jueza redactará la condena definitiva.

En la lectura del objeto del veredicto, el tribunal del jurado ha considerado como agravante que la víctima “tuviera escasas posibilidades de defenderse”, ya que había tomado benzodiazepinas y alcohol. En cambio, no han dado validez al hecho de que la asfixiara “por desprecio” o para mostrar una superioridad hacia la mujer. También se ha valorado como agravante el hecho de que P.J.G. hubiera roto una resolución judicial de alejamiento y que ya tuviera condenas previas por maltrato en el ámbito doméstico o que dos días antes de matarla le hubiera propinado una bofetada en medio de la calle.

Por otra parte, han valorado como eximente que después de asfixiarla intentó reanimarla y que él también fuera bebido y bajo los efectos de sustancias psicotrópicas en el momento de los hechos, aunque para el tribunal del jurado “no estaba afectado” para discernir entre el bien y el mal porque “tenía una tolerancia al alcohol alta” y porque los miembros del Sistema de Emergencias Médicas que estuvieron en la escena del crimen no le detectaron signos de embriaguez.

 

Mata a su pareja en Cambrils

El jurado popular ha determinado que durante el juicio se ha probado que la pareja tenía una relación “muy conflictiva, con muchas discusiones y agravios mutuos”, pero que a pesar de tener una orden de alejamiento, el acusado mantuvo conversaciones telefónicas con la víctima, intercambio de mensajes de WhatsApp y la había visitado en varias ocasiones.

Para el jurado, el día del crimen a las 12 del mediodía P.J.G. fue a casa de la mujer, discutieron y él se marchó. Alrededor de las 17 horas “volvió al domicilio, se desencadenó una nueva discusión en el curso de la cual la golpeó en varias partes del cuerpo para, a continuación, taparle los orificios respiratorios y estrecharle el cuello”, hecho que causó la muerte de la mujer. Según el informe forense, la víctima “presentaba marcas de las uñas en la cara y marcas de compresión en la cara y en el cuello”.

El tribunal ha dado validez por unanimidad a la opción de que la mujer muriera alrededor de las 17.20 horas por una “insuficiencia respiratoria aguda” que le causó un “síndrome general de asfixia”. Esta franja temporal concuerda también con las conversaciones de mensajería que la víctima estaba manteniendo y que se terminaron sobre esa hora. También en aquellos instantes un vecino oyó gritos y un golpe muy fuerte.

Después, el acusado se marchó del lugar de los hechos y se quedó en un bar cercano, según el testimonio de dos camareras, que durante el juicio aseguraron que había estado bebiendo cervezas y cargando el teléfono móvil en su establecimiento. Más tarde, volvió al piso de la mujer y llamó al 112 diciendo que la joven de 25 años tenía los labios morados y no respiraba. El SEM apareció “alrededor de las 20.30 horas”. Los técnicos sanitarios se lo encontraron haciendo respiración cardiopulmonar a la víctima.

 

Peticiones por homicidio

Después de la lectura del objeto del veredicto, las partes han presentado sus peticiones de condena. Fiscalía ha solicitado quince años de prisión por homicidio con abuso de superioridad y agravante de parentesco, un año de prisión por quebrantamiento continuado de condena y un año más por maltrato en el ámbito familiar.

La acusación particular que representaba a la madre de la víctima, las mismas condenas además del pago de 200.000 euros para la progenitora. La otra acusación particular que ejercía la representación de los abuelos, la hermana y la tía de la mujer muerta ha coincidido con la petición de penas de prisión y ha añadido una prohibición de acercarse a los familiares de 30 años. La acusación popular, en representación del Ayuntamiento de Cambrils, también ha reclamado la suma de diecisiete años por los tres delitos.

Finalmente, la defensa ha pedido la pena mínima por el delito de homicidio, sin agravantes, y ha reclamado que se considere atenuante el consumo de drogas de larga duración. A la vez ha pedido que la reparación a las familias no sea económica. En cuanto al quebrantamiento de condena y al maltrato ha solicitado que la pena sea de nueve meses de prisión por cada concepto. El juicio ha quedado visto para sentencia.