Cambrils agilizará las obras que no necesiten licencia urbanística

04 de julio de 2025 a las 08:01h

El Ayuntamiento de Cambrils ha agilizado los trámites para poder realizar obras que no están sujetas a la concesión de licencia urbanística. El Departamento de Urbanismo ha puesto en marcha la autoliquidación de la [tramits.cambrils.cat/OAC/CdT.jsp?tramit=63] comunicación previa con efectos inmediatos, que permitirá a las personas interesadas comenzar las obras al día siguiente de haber efectuado el trámite y el pago de la tasa y el impuesto (ICIO), sin tener que esperar ninguna confirmación por parte del Ayuntamiento.

La comunicación previa con autoliquidación es posible por la mayoría de obras de reparación o reforma de edificios existentes que no suponen una ampliación ni una obra de nueva planta. Es el caso, por ejemplo, de la reparación, sustitución o ejecución de pavimentos o revestimientos interiores que no afecten ni modifiquen la distribución del edificio ni la estructura; trabajos de carpintería y cerrajería interiores, reformas de baños y cocinas; instalación de sistemas de aprovechamiento técnico o eléctrico de energía solar en suelo urbano, o colocación o sustitución de puertas, ventanas, persianas, rejas y similares en aberturas de edificaciones, entre otros.

Las instrucciones y el trámite por internet se pueden encontrar en el siguiente enlace de la sede electrónica: tramits.cambrils.cat/OAC/CdT.jsp?tramit=63. Además, también se puede solicitar presencialmente (sólo personas físicas) en la Oficina de atención al ciudadano (OAC) con cita previa, mediante los registros de cualquier otra Administración Pública (local, autonómica o estatal) o de las entidades de derecho público que estén vinculadas o que dependan de ella, en las oficinas de correos y en las representaciones diplomáticas u oficinas consulares de España en el extranjero.

Para efectuar el trámite, es necesario presentar la instancia específica, el plano de emplazamiento y/o referencia catastral para identificar dónde se realizarán las obras, el presupuesto, la descripción de la obra, y la documentación y justificantes que se detallan en las instrucciones. Las obras se pueden iniciar a partir del día siguiente del trámite y se deben finalizar en un plazo de 6 meses. En caso de que falte alguna documentación, será requerida por el Ayuntamiento.

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