El Pleno de Cambrils aprueba un nuevo reglamento de los símbolos, los honores y las distinciones

28 de junio de 2021 a las 14:50h

El Pleno municipal de Cambrils ha aprobado inicialmente un nuevo reglamento regulador del protocolo, los símbolos, los honores y las distinciones de Cambrils que introduce nuevos reconocimientos como las medallas al Mérito Cultural, Científico, Cívico o Deportivo, incorpora otros que ya se estaban llevando a cabo desde hace años, y aprueba la creación de la Galería de ciudadanos y ciudadanas ilustres.

La alcaldesa de Cambrils, Camí Mendoza, ha expuesto hoy en el Pleno los principales cambios y novedades y ha explicado que la tramitación de la norma da cumplimiento a la responsabilidad que tiene el Ayuntamiento de velar por los símbolos que le son propios, de hacer público el reconocimiento de aquellos méritos que supongan un bien para la colectividad local, de ordenar sus actos, de regular la participación de los cargos electos en los actos oficiales, de recoger su tradición y de promover el reglamento preceptivo que contemple estos elementos.

El Ayuntamiento ya disponía de un reglamento, aprobado en 2009, pero en los últimos años se había constatado la necesidad de renovarlo a fondo para adaptarlo a la realidad; regular más extensamente el uso de los símbolos municipales; simplificar el procedimiento de otorgamiento de honores y distinciones, que a partir de ahora se concederán con una frecuencia bienal; ampliar la regulación del protocolo y el ceremonial con la clasificación de actos, añadir un capítulo dedicado al luto municipal e incluir otros preceptos que no se encontraban regulados.

Con este objetivo, se constituyó una Comisión de Estudio del Reglamento con representación de todos los grupos municipales que ha tratado, trabajado y debatido los diferentes puntos durante el mes de mayo y parte de junio, y que ha elaborado el anteproyecto que hoy ha aprobado inicialmente el Pleno. Simultáneamente, se formuló una consulta pública a través del portal web del Ayuntamiento para recoger la opinión de los sujetos potencialmente afectados por la norma.

El reglamento aprobado por el Pleno se someterá a información pública durante el plazo de 30 días hábiles mediante publicación del edicto correspondiente en el BOP, en el DOGC, en un diario y en el Tablón de edictos de la Sede electrónica municipal para que los interesados puedan formular las alegaciones y sugerencias que consideren oportunas. En caso de que no se presenten, el acuerdo de aprobación inicial se convertirá en definitivo. En caso de que haya alegaciones se resolverán expresamente y se aprobará definitivamente por el Pleno municipal con notificación expresa a los interesados que las hayan formulado.

El reglamento

El reglamento está estructurado en un título preliminar y cuatro títulos. El Título preliminar recoge las disposiciones generales, el objeto del reglamento, el ámbito de aplicación y las definiciones de las diferentes figuras reguladas.

El Título primero regula los símbolos del municipio y su uso (los usos permitidos y no permitidos del escudo y la bandera, el procedimiento de autorización del logotipo, y la protección y el compromiso de regularizarlos en la normativa catalana.

El Título segundo está dedicado al protocolo y al ceremonial y consta de tres capítulos. El primero clasifica los tipos de actos municipales, el segundo regula la prelación y participación de los miembros de la corporación en estos actos y el tercero se centra en el luto oficial municipal.

El Título tercero es el más extenso, con ocho capítulos, y regula los honores y las distinciones. El primer capítulo clasifica los honores y las distinciones, su naturaleza y el régimen de incompatibilidades. El segundo trata sobre los nombramientos honoríficos, su régimen jurídico y sus incompatibilidades. El tercero regula las distinciones honoríficas, introduce las nuevas menciones honoríficas y aprueba la creación de la Galería de ciudadanos y ciudadanas ilustres para preservar en la memoria colectiva a todas aquellas personas honradas con alguna distinción.

El capítulo cuarto regula el procedimiento de concesión de los honores y distinciones, donde se prevé que la Junta de Portavoces se constituya en Comisión de honores y distinciones y debata la propuesta que se llevará posteriormente al Pleno para su aprobación.

El capítulo quinto regula reconocimientos como la denominación de una vía pública, un complejo urbano o un equipamiento municipal con el nombre de una persona vinculada a la población, la instalación de monumentos y placas conmemorativas en homenaje a personas que hayan realizado tareas destacadas en beneficio de la ciudad, la entrega de placas a entidades locales y a empresas, las jubilaciones del personal municipal o el reconocimiento a la longevidad.

Este apartado también recoge una serie de reconocimientos honoríficos que hace tiempo que se estaban llevando a cabo como el homenaje a las parejas que celebran las bodas de oro, la recepción institucional a las Camí o Maria del Camí y las medallas a los miembros de la Policía Local. Finalmente, los capítulos séptimo y octavo regulan la imposición y la pérdida de los honores, las distinciones y los reconocimientos.

El Título cuarto y último regula la iniciativa y el procedimiento a seguir para aprobar los hermanamientos. Finalmente, la disposición adicional prevé la oficialización del escudo y de la bandera en un plazo de dos años desde la aprobación de este reglamento, y la disposición derogatoria deroga el antiguo reglamento regulador del protocolo, los honores y las distinciones de Cambrils.