Cambrils aprueba la ordenanza que regula el uso de patinetes y bicicletas eléctricas

29 de marzo de 2021 a las 17:02h

El Pleno del Ayuntamiento de Cambrils ha aprobado inicialmente hoy la ordenanza municipal reguladora de las condiciones para la circulación de vehículos de movilidad personal (VMP) y bicicletas con pedaleo asistido en las vías públicas. En julio del año pasado, Cambrils, Salou y Vila-seca ya acordaron unas bases de regulación conjunta en julio del año pasado y, a partir de estos criterios comunes, cada municipio debía desarrollar su propia ordenanza según sus necesidades.

A partir de la aprobación de hoy, la ordenanza se somete a información pública durante un período de 30 días hábiles para que las personas interesadas puedan examinarla y presentar las alegaciones que consideren oportunas. Una vez que la ordenanza sea definitiva, y se haya estudiado la posible incorporación de alegaciones, la concejalía de Protección Ciudadana y Movilidad del Ayuntamiento de Cambrils iniciará una campaña informativa. Además, se incluirá formación respecto a esta ordenanza en las sesiones de educación vial que realiza anualmente la Unidad de Agentes Escolares de la Policía Local.

La alcaldesa de Cambrils, Camí Mendoza, ha felicitado a todo el personal técnico implicado por el buen trabajo y ha explicado que ahora comenzará una tarea muy importante de pedagogía y asesoramiento para conseguir el cumplimiento de esta regulación en beneficio de todos. La alcaldesa ha asegurado que esta regulación era muy necesaria para garantizar la seguridad vial y la convivencia, y hacer compatibles estos tipos de vehículos de movilidad personal cada vez más utilizados con el resto de usuarios de la vía pública.

El concejal de Protección Ciudadana, Lluís Abella, ha puesto en valor el trabajo previo de coordinación con Vila-seca y Salou, ya que los tres municipios forman una conurbación urbana integrada y era necesaria una base común que diera coherencia a la regulación. Abella ha recordado que Cambrils apuesta por la movilidad sostenible con 24 kilómetros de carril bici y que tiene previsto seguir ampliando la red para dar continuidad a tramos actualmente inconexos. Finalmente, el concejal ha explicado los detalles de la nueva normativa, que debe permitir evitar situaciones de riesgo y ordenar las nuevas formas de movilidad ecológicas y sostenibles, dando prioridad a los peatones sobre el resto de usuarios, tanto en espacios de convivencia como en las múltiples situaciones de encuentro entre los diversos usuarios de la vía pública.

Tipos de vehículos regulados por la ordenanza

La nueva ordenanza regula la utilización de tres tipos de vehículos: los vehículos tipo juguete con velocidad inferior a 6 km/h, los vehículos de movilidad personal de velocidad entre 6 y 25 km/h y las bicicletas con pedaleo asistido con motor eléctrico auxiliar de potencia continua máxima de 250 W.

Existen dos tipos de regulaciones, según si se trata de vehículos de uso privado o de uso comercial. Los establecimientos de alquiler de patinetes eléctricos y bicicletas de pedaleo asistido deberán tener un seguro de responsabilidad civil y patrimonial. Los vehículos propulsados eléctricamente con asiento y sin sistema de autoequilibrado se consideran ciclomotores de tipo L1e y, por lo tanto, no se incluyen en esta ordenanza y se rigen por otra normativa.

Principales puntos de la normativa

- Las personas conductoras están obligadas a someterse a pruebas de alcohol y drogas

- Prohibido conducir haciendo uso del teléfono móvil o de cualquier otro sistema de comunicación

- Prohibido conducir usando auriculares

- De noche se debe conducir con luces y elementos reflectantes

- Prohibido estacionar sobre aceras. Pueden estacionar en zonas existentes de aparcar bicicletas.

- Se deben respetar todas las señales y normas de tráfico

Vehículos de Movilidad Personal (VMP)

- Obligatorio el uso de casco de protección

- Un VMP solo puede transportar a una persona

- Se debe circular por calzadas y carriles bici y no se puede hacer por aceras. Por la calzada siempre por el lado derecho y mantener una distancia mínima de 1,5 metros con peatones y fachadas. En espacios reservados a peatones o cuando no sea posible mantener las distancias se debe bajar del vehículo y caminar al lado.

- No se pueden superar los 25 km/h

- La edad mínima para conducir un VMP es de 15 años

- Los menores de 15 años solo pueden utilizar VMP si es adecuado a su edad y altura, fuera de las zonas de circulación y acompañados de una persona adulta responsable.

- Prohibido circular con VMP manipulados para alterar la velocidad y las características técnicas.

Bicicletas de pedaleo asistido

- Los menores de 12 años podrán circular por los espacios reservados para peatones, espacios no motorizados, calles de convivencia, vías ciclistas o calles de zonas 30 siempre acompañados y bajo la responsabilidad de una persona mayor de edad.

- Solo los adultos pueden transportar a una persona en una bicicleta de pedaleo asistido, siempre y cuando sea menor de 7 años y en un asiento adicional homologado

- Obligatorio el uso del casco para los menores de 16 años en vías urbanas e interurbanas. Para los adultos solo es obligatorio en vías interurbanas.