Mossos d'Esquadra de la Unidad Regional de Medio Ambiente (URMA) de la Región Policial Metropolitana Sur conjuntamente con inspectores de la Dirección General de Pesca y Asuntos Marítimos de la Generalitat de Catalunya denunciaron a cuatro hombres por tenencia y venta de pescado negro y decomisaron un total de 56 kilogramos de pescado.
Los hechos sucedieron el jueves 28 de marzo cuando agentes de la URMA de la Región Policial Metropolitana Sur conjuntamente con inspectores de la Dirección General de Pesca y Asuntos Marítimos de la Generalitat de Catalunya realizaron un dispositivo contra el comercio y tenencia de pescado negro en el puerto de Vilanova i la Geltrú, fuera de la lonja.
El objetivo de este dispositivo estaba centrado en detectar la salida de pescado sin pasar por la lonja y detectar el comercio de este por parte de algunos pescadores profesionales.
En este dispositivo participaron efectivos de la Unidad Regional de Medio Ambiente e inspectores de la Dirección General de Pesca. Fruto de esta actuación conjunta se denunciaron a dos personas y se decomisaron diferentes partidas de pescado: siete kilogramos de boga/bogarrón y 39 kilogramos de jurel.
Dos días antes, agentes de la URMA denunciaron en esta misma lonja a dos personas por venta de pescado negro, es decir, sin pasar por la lonja, y por salir de la lonja sin ningún tipo de nota de venta ni documentación de procedencia. Asimismo, se decomisó un total de ocho kilogramos de jurel y dos kilogramos de sardina.
Así pues, como resultado de las dos actuaciones se detectó y decomisó la salida de más de 50 kilogramos de pescado, de diferentes especies, las cuales no habían pasado por la lonja tal y como marca la normativa vigente.
Estas actuaciones deben enmarcarse en el ámbito del acuerdo de colaboración entre la Dirección General de Pesca y Asuntos Marítimos y los Mossos d'Esquadra para potenciar la lucha contra la pesca ilegal y la venta clandestina de pescado en Catalunya.
Los Mossos d'Esquadra recuerdan que la Ley de pesca y acción marítimas establece que la primera venta, de acuerdo con los principios de libre comercio, concurrencia y transparencia, debe realizarse en los establecimientos autorizados y en las lonjas.
