Agotado el plazo para solicitar el trámite conjunto con el Ayuntamiento de las ayudas del gobierno español para necesidades de emergencia derivadas del temporal Gloria, las personas damnificadas aún están a tiempo de pedir subvenciones directamente a la Subdelegación del Gobierno del Estado en Barcelona hasta el 26 de febrero. Los vecinos y vecinas que cumplan todos los requisitos recogidos en el Real Decreto 307/2005 de 18 de marzo, por el cual se regulan las ayudas económicas en atención a determinadas necesidades derivadas de situaciones de emergencia o de naturaleza catastrófica y que quieran presentar sus solicitudes de reclamación lo pueden hacer, mediante los modelos de solicitud establecidos, en la Subdelegación del Gobierno o bien en cualquiera de los registros que establece el art. 16.4 de la Ley 39/2015, también el registro del Ayuntamiento de Sant Pere de Ribes a través de las Oficinas de Atención Ciudadana, y deberán ir acompañadas de los documentos que se determinen para cada tipo de ayuda y beneficiario (art. 7 RD).
Desde que se anunció el ofrecimiento, el pasado 4 de febrero, el Ayuntamiento ha recibido y tramitado un total de 11 solicitudes, 3 de particulares y 8 de comunidades vecinales, la mayoría por daños a viviendas y edificios.
Cabe recordar que las ayudas previstas únicamente podrán ser objeto de subvención de los daños que hayan sido causados directamente por el temporal y su percepción irá en función de la renta familiar, de la tipología de viviendas y de una serie de condicionantes que se encuentran descritos en este Real Decreto.
El procedimiento se inicia a instancia de parte, mediante solicitud de los interesados o afectados, y una vez presentada esta solicitud, la Delegación o Subdelegación del Gobierno comunicará a los interesados el inicio del procedimiento y comprobará si se cumplen los requisitos formales exigibles, así como la documentación aportada (art. 8 RD).En este enlace encontrará los modelos de solicitud que hay que presentar para pedir las ayudas aquí
Es necesario exponer la situación de la casuística acompañada de la documentación que se pide en cada caso y que justifique el gasto que se ha hecho. Si la documentación aportada no es correcta o está incompleta, se dará un plazo de 10 días para su enmienda y mejora. El Ministerio del Interior resolverá las solicitudes de forma motivada en el plazo de 6 meses desde la fecha de registro en la Subdelegación del Gobierno.
