Las ayudas de Sant Pere de Ribes al alquiler, para el acceso y permanencia de la vivienda, incrementan hasta los 750 € el tope del precio del alquiler mensual para poder solicitarlos (antes era de 700 €), siguiendo así la línea iniciada por el ayuntamiento en los últimos años para facilitar el acceso a la vivienda ante el aumento de precios del mercado. Se otorgará tanto ayuda a la entrada como al pago del alquiler.
El plazo ordinario de presentación de solicitudes de esta convocatoria es del 9 de agosto al 8 de septiembre y, posteriormente, habrá un período extraordinario abierto hasta el 6 de octubre. Se pueden tramitar en la Sede electrónica de la web municipal, o bien en la Oficina Local de Vivienda y en la Oficina de Atención Ciudadana.
El Ayuntamiento de Sant Pere de Ribes continúa así llevando a cabo las políticas de vivienda y acciones concretas con el fin no solo de facilitar el acceso sino también evitar la pérdida de vivienda habitual y la exclusión residencial.
Las bases de la convocatoria, la documentación y formularios para pedir la ayuda se encuentran en la dirección web www.santperederibes.cat/municipi/habitatge.
LÍNEAS DE AYUDA
- Línea 1: Ayuda a la entrada de vivienda de alquiler
Para los contratos de alquiler de viviendas de 2023, como vivienda habitual, que no supere la renta de 750 € mensuales del año de la convocatoria. El importe máximo concedido será de 1.500 euros (equivalente a dos mensualidades).
- Línea 2: Ayuda al pago del alquiler por mensualidades
Ayudas al pago del alquiler de mensualidades para contratos vigentes en la fecha de presentación de la solicitud que no superen los 750 € mensuales (desde el mes de diciembre de 2022 al mes de noviembre de 2023, ambos incluidos). El importe será el equivalente al 30% del importe del alquiler siempre con un máximo de 225 € mensuales (con la excepción de la actualización de la renta en 2023). La subvención se otorga para los meses de diciembre de 2022 a noviembre de 2023, ambos incluidos.
En el caso de los contratos de alquiler de habitaciones, el tope vendrá determinado por la división de 750 € entre el número de habitaciones de la vivienda, sin poder superar en ningún caso los 375 € por habitación.
