El consejo comarcal del Baix Penedès abre el período para solicitar las becas comedor

07 de junio de 2020 a las 07:33h

El consejo comarcal del Baix Penedès abre el próximo lunes, 8 de junio, el período para solicitar becas de comedor escolar para el curso 2020-2021. Este año, el trámite deberá realizarse de forma telemática, dada la situación sanitaria con el fin de evitar aglomeraciones y prevenir contagios. Para facilitarlo, el consejo comarcal ha activado herramientas informativas en su web (clique aquí).

Sin embargo, dependiendo de la evolución de la pandemia, se habilitarán formas de presentación de solicitudes de forma presencial. La convocatoria quedará abierta durante todo el curso escolar 2020-2021.

Para poder realizar el trámite telemático, es necesaria la firma electrónica, la cual se podrá obtener por uno de los canales propuestos en la página web del consejo. Puede hacer clic en los enlaces donde se explica cómo obtener alguno de los dos certificados, mediante un tutorial. Los alumnos que soliciten beca de comedor, deberán tener, obligatoriamente DNI o NIE.

Criterios para el otorgamiento de ayudas (orientativo)

1. El umbral se calculará en función de los miembros computables de la unidad familiar y por la agregación de las unidades de consumo que se detallan a continuación:

–Primer adulto (sustentadores principales): 10.981,40 euros

–Segundo adulto (sustentadores principales): 5.490,80 euros

–Otros adultos que integran la unidad familiar diferentes de los sustentadores principales: 2.745,35 euros

–Por cada niño de la unidad familiar: 3.294,45 euros

Si la renta familiar anual, calculada de acuerdo con lo establecido en las bases, no supera este umbral, se concederá una ayuda de hasta el 50% del coste del servicio de comedor. Las solicitudes que estén por encima de este umbral constarán como denegadas.

2. No tener un volumen de negocio superior a 155.000,00 euros calculado sumando los volúmenes de negocio de todos los miembros computables de la unidad familiar.

3. Podrán optar a las ayudas las unidades familiares en las que la suma de todos los rendimientos netos reducidos del capital mobiliario más el saldo neto positivo de todas las ganancias y pérdidas patrimoniales pertenecientes a los miembros computables de la familia, excluyendo las subvenciones recibidas para la adquisición o rehabilitación de la vivienda habitual y, en su caso, la renta básica de emancipación, no supere 1.700,00 euros.

4. La suma de los valores catastrales de las fincas urbanas de los miembros computables que componen la unidad familiar, excluido el domicilio habitual, no puede superar los 42.900,00 euros.

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C CIUTAT
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