La justicia da la razón al concejal del Vendrell Christian Soriano: no hay delitos

El tribunal no ve indicios delictivos de prevaricación ni malversación por los anuncios gratuitos durante la pandemia ni por su nombramiento como presidente de El Vendrell Comunicación

24 de julio de 2026 a las 13:31h
Actualizado: 24 de julio de 2026 a las 13:31h

El Tribunal Superior de Justicia de Cataluña ha acordado archivar la investigación contra el concejal del Vendrell y diputado del PSC en el Parlament, Christian Soriano, por un supuesto caso de prevaricación administrativa y malversación vinculado a la sociedad municipal El Vendrell Comunicación.

La causa se había abierto en el año 2022 en un juzgado del Vendrell para analizar si había responsabilidad penal en el nombramiento de Soriano como presidente de la empresa pública y en la decisión de permitir que comercios locales se anunciaran gratuitamente en los medios municipales durante la pandemia de la covid-19.

El TSJC asumió el caso porque Soriano es diputado en el Parlament desde junio de 2024. Ahora, en una interlocutoria con fecha del 21 de julio, la Sala Civil y Penal concluye que no hay indicios que acrediten una actuación consciente destinada a vulnerar la ley.

 

Una campaña en plena pandemia

El caso arranca de una denuncia presentada en el año 2021 por el concejal de Primer El Vendrell – Junts, Lluís Navarrete, junto con otros miembros de la oposición. Los denunciantes alertaban de presuntas irregularidades en la gestión de Soriano al frente de El Vendrell Comunicación.

Uno de los puntos centrales era la campaña “Anuncio gratuito comercios y empresas locales”, impulsada en mayo de 2020, en pleno contexto de pandemia. Según el TSJC, la iniciativa tenía como objetivo ayudar a reactivar el comercio local después de la declaración del estado de alarma.

La denuncia sostenía que exonerar a los comercios del pago podía constituir prevaricación o malversación por los ingresos que habrían dejado de percibir la radio y la televisión locales. Los magistrados, sin embargo, consideran que la medida no supuso un “grosero apartamiento de la legislación vigente”, sino que se enmarca en una laguna de las ordenanzas sobre posibles bonificaciones o exenciones.

El tribunal también subraya el contexto de “excepcionalidad” y “urgencia” derivado de la pandemia y recuerda que todos los grupos municipales compartían la oportunidad de la campaña, a pesar de las discrepancias sobre el procedimiento.

 

El nombramiento podía ser irregular, pero no delito

La resolución también analiza el nombramiento de Soriano como presidente de El Vendrell Comunicación en noviembre de 2019. El cargo se aprobó por mayoría absoluta, a pesar de que habría requerido un quórum reforzado de dos tercios del consejo de administración.

El TSJC admite que este hecho podría reflejar una “irregularidad o ilegalidad administrativa”, pero descarta que constituya un delito de prevaricación. Los magistrados remarcan que ni los asistentes a la reunión, ni el notario, ni el registrador mercantil que inscribió posteriormente la elección advirtieron este requisito.

El auto también apunta que el mismo Soriano votó más adelante en el pleno municipal a favor de revocar su cargo, asegurando que no tenía conocimiento de la exigencia del quorum reforzado.

Con estos argumentos, el TSJC cierra la investigación al considerar que no hay indicios de culpabilidad, injusticia ni arbitrariedad penalmente relevantes en las decisiones analizadas.

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