Una familia del Vendrell ha sido condenada a abandonar el piso que ocupa ilegalmente desde finales de 2015 y a pagar 180 euros de multa por un delito leve de usurpación de bienes inmuebles.
El pasado mes de octubre, el juzgado de instrucción número 5 del Vendrell ya resolvió a favor de la propietaria, que había denunciado los hechos a los Mossos d'Esquadra. Los ocupantes, sin embargo, presentaron recurso y, ahora, la Audiencia de Tarragona lo ha desestimado y ha ratificado la condena inicial. Según la sentencia, en la vivienda solía vivir el hijo de la propietaria, pero este se fue a vivir temporalmente con su madre para cuidarla mientras ella se recuperaba de una operación. Durante ese período, los ocupantes cambiaron la cerradura del piso aprovechando que no había nadie y se instalaron allí.
La sentencia del juzgado de instrucción consideraba probado que B.B.G. es la propietaria del piso ubicado en la calle de l'Estela. Cuando la mujer volvió al domicilio, a principios de noviembre de 2015, se dio cuenta de que alguien había cambiado la cerradura y, cuando llamó a la puerta, comprobó que había un hombre marroquí y su familia viviendo en la vivienda, según señala la resolución. Ante esta situación, la propietaria les requirió que abandonaran la finca, pero estos le respondieron "que no estaban dispuestos a irse". Por todo ello, el 10 de noviembre de 2015 la mujer interpuso una denuncia a la policía. Posteriormente, los Mossos se desplazaron a la vivienda e identificaron a A.A. y a S.A. como las personas que la ocupaban. El juez condenó al hombre y a la mujer a una pena de 90 euros de multa cada uno por un delito leve de usurpación de bienes inmuebles, y a dejar la vivienda "vacía, libre, practicable y a disposición de la propietaria, en el plazo máximo de diez días, siendo desalojados forzosamente en caso contrario". Los ocupantes interpusieron un recurso de apelación ante la Audiencia de Tarragona alegando que no se habían acreditado las condiciones de posesión de la vivienda y que creían que el piso pertenecía a un banco. Según el tribunal, la titular siempre poseyó el inmueble de manera efectiva e inmediata, pagando suministros y cuotas, incluso cuando su hijo no residía allí porque la estaba cuidando. El magistrado subraya que, desde que se dio cuenta de la ocupación ilegítima, la propietaria instó a los acusados a abandonar la vivienda "por carecer de título legítimo para permanecer allí, haciendo caso omiso de su requerimiento". A diferencia de la opinión de la defensa, la Audiencia identifica en el acto de ocupación material del inmueble una "finalidad usurpadora" y "una lesión significativa" de los derechos de posesión de la propietaria del piso, que considera "penalmente relevantes". En una sentencia dictada el pasado 8 de mayo, la Audiencia rechazó los recursos de apelación de los ocupantes contra la resolución del juzgado de instrucción número 5 del Vendrell de 5 de octubre de 2016. De esta manera, la Audiencia confirma la condena y obliga a la familia a abandonar la vivienda.