El Ayuntamiento de Sitges ha aprobado en el Pleno municipal, celebrado este miércoles en sesión telemática, modificaciones en las ayudas al alquiler de la vivienda. El objetivo de estas ayudas anuales es prestar una atención especial a la ciudadanía que ha sufrido una reducción de sus ingresos como consecuencia de la Covid-19.
Las ayudas al alquiler de la concejalía de Vivienda serán de hasta 500 euros al mes. Para optar a ellas es necesario, entre otros requisitos, ser titular de un contrato de alquiler de hasta 1.000 euros y tener unos ingresos familiares que no superen los siguientes topes: 24.753,08€/año para unidades de convivencia de 1 miembro; 32.856,61€/año para unidades de convivencia de 2 miembros; 39.981,44€/año para unidad de convivencia de 3 miembros y 57.319,74€/año para unidades de convivencia de 4 miembros o más.
La concejalía de Vivienda ha modificado el funcionamiento por el cual se otorgan las ayudas para poder dar una respuesta rápida a la ciudadanía en un momento de crisis urgente. Por este motivo, el Ayuntamiento adelantará el dinero de las ayudas a los solicitantes que cumplen con los requisitos, a diferencia de lo que se hace actualmente, cuando las ayudas se ingresan a cuatrimestre vencido.
Otras ayudas al alquiler
El Ayuntamiento ha ampliado también las ayudas de emergencia social puntuales en el ámbito del alquiler y los suministros que gestiona la concejalía de Derechos Sociales, Ciudadanía e Igualdad. Estas ayudas, dirigidas a personas que puntualmente no pueden hacer frente al pago de los suministros del hogar o del alquiler, se han aumentado en 80.000 euros (40.000 euros en el caso de las ayudas al alquiler y 40.000 en el caso de las ayudas a los suministros), alcanzando los 170.000 euros.
Las ayudas de Servicios Sociales no están sujetas a ninguna convocatoria y se entregan durante todo el año después de un estudio individualizado de cada caso a cargo de los técnicos de la concejalía. En el contexto actual, se ha agilizado el procedimiento de otorgamiento para poder asegurar que estas ayudas lleguen lo más rápidamente posible a las personas que lo necesitan.
Requisitos para solicitar las ayudas al alquiler de la Concejalía de Vivienda:
- Acreditar la residencia habitual por medio del contrato de alquiler
- No superar los 1.000€ de alquiler mensual
- Acreditar los ingresos de mi unidad de convivencia
- Acreditar estar empadronado en Sitges antes del 1 de enero de 2020 (o estar empadronado después de esta fecha pero desde hace 10 años o más en períodos discontinuos)
- Estar al corriente de pago de los últimos recibos de alquiler del año en curso con excepción de las personas que hayan sufrido una bajada repentina de los ingresos a partir de la declaración de estado de alarma del 14 de marzo de 2020, las cuales estarán exentas de presentar los recibos a partir de esta fecha.
¿CÓMO PEDIR LAS AYUDAS?
Una vez esté abierta la convocatoria, las solicitudes se podrán tramitar de forma telemática a través de la carpeta ciudadana de la Oficina de Atención Ciudadana (OAC).
El Ayuntamiento difundirá los enlaces directos cuando la convocatoria esté activa, el día siguiente laborable de la publicación de la convocatoria en el BOP. En caso de necesitar hacer el trámite presencialmente, se deberá pedir cita previa en la OAC (teléfono 010).