El Ayuntamiento de Cubelles ha aprobado una tercera convocatoria de ayudas municipales para hacer frente al pago del alquiler de los locales comerciales. En total, el Consistorio destina 20.000 euros de los presupuestos municipales en esta tercera convocatoria de línea de subvenciones, que se suman a los 110.000 euros de las dos anteriores líneas, que buscan minimizar los efectos económicos de la Covid-19 en Cubelles. Esta tercera convocatoria está destinada específicamente a empresas y autónomos de Cubelles, que a pesar de cumplir los requisitos de la 1ª o 2ª convocatoria de ayudas para el pago de alquileres comerciales no obtuvieron ninguna ayuda por la causa que fuera. Esta nueva ayuda municipal vuelve a ser compatible con otras similares impulsadas por otros organismos públicos, si bien en ningún caso, puede superar ni el importe total del alquiler ni el importe máximo de 700€/mes.
Esta nueva línea de ayudas pretende facilitar el trámite a los peticionarios y reducir la burocracia y requisitos. De acuerdo con las bases aprobadas por la corporación, las ayudas se concederán por el alquiler correspondiente al mes de octubre de 2020. En este sentido, las personas que han sido desistidas en la ayuda económica en la primera o segunda convocatoria correspondiente a los meses de abril y mayo de 2020, sólo deberán aportar la documentación requerida por la corporación y no aportada. Finalmente, sólo los nuevos peticionarios deberán aportar toda la documentación establecida en las bases.
El plazo de presentación de solicitudes será de 15 días y comenzará el día después de la publicación del acuerdo en el BOPB (previsiblemente el 1 de abril de 2021). Los beneficiarios pueden ser cualquier empresa o comercio del término municipal de Cubelles legalmente constituido y que cumplan los requisitos establecidos en la 1ª o 2ª convocatoria de ayudas municipales destinadas al pago de alquileres comerciales. Estas ayudas serán para satisfacer la cuota del inmueble donde se lleva a cabo la actividad, quedando exento el IVA correspondiente. Para cada local o inmueble es imprescindible realizar una solicitud.
Las solicitudes serán resueltas por la concejalía de Empresa y emprendimiento, estableciendo como imprescindibles los siguientes requisitos:
Disponer de licencia de actividades, autorización, permiso o régimen de comunicación vigente anterior al 1 de marzo de 2020. Estar al corriente de las obligaciones tributarias, con la seguridad social y la Agencia Tributaria, de acuerdo con las normas vigentes. Ser arrendatarios, usufructuarios del inmueble o titulares de otros títulos jurídicos de igual naturaleza admisibles en derecho. La cantidad recibida a nivel municipal estará supeditada a que el beneficiario (persona física o jurídica titular de la actividad) tenga otorgadas otras ayudas por el mismo concepto desde otras administraciones públicas. En todo aquello no dispuesto en las bases municipales prevalecerán las disposiciones legales y reglamentarias vigentes que regulan la actividad de las administraciones públicas en materia de subvenciones.
Tipos de ayudas:
Comercio, autónomos y pequeñas empresas, con o sin trabajadores a su cargo, podrán optar a la subvención de hasta el 100% del coste del arrendamiento.
Documentación que hay que aportar: La solicitud deberá acompañarse en función de la tipología de ayuda, de la siguiente documentación:
A) Personas que han sido desistidas en la ayuda económica en la primera y/o segunda convocatoria correspondientes a los meses de abril y mayo de 2020:
Recibo abonado correspondiente al mes de octubre de 2020. Documentación requerida por la Corporación y no aportada.
B) Personas que solicitan por primera vez la ayuda económica:
Copia DNI, NIE, Pasaporte, NIF o CIF (solicitante). Copia contrato alquiler y últimos 3 recibos abonados (octubre, noviembre y diciembre de 2020). Declaración responsable de encontrarse en uno de los supuestos de las ayudas. Declaración responsable de estar al corriente de las obligaciones con Hacienda y con la Seguridad Social, o Certificados de Hacienda y Seguridad Social (en caso de no haber autorizado al Ayuntamiento a su consulta). Copia del registro de facturas emitidas y recibidas o copia del libro diario de ingresos y gastos u otra documentación que acredite la reducción de la facturación (para ayudas de disminución de facturación). Certificado acreditativo de titularidad del núm. de cuenta donde se ingresará el importe, emitido por la entidad bancaria, o modelo de solicitud de transferencia bancaria (según modelo establecido por el ayuntamiento de Cubelles).
Documentación adicional para autónomos:
Alta del RETA (Régimen especial de trabajadores autónomos) o DUE (Documento Único Electrónico). Informe de Vida laboral de la persona autónoma.
Documentación adicional para empresas:
Copia documento acreditativo de la personalidad jurídica, si procede (escritura de constitución, estatutos, etc.). Documento que acredite que la actividad empresarial está dada de alta en el momento de la justificación (persona jurídica). Copia de la Declaración Censal de Inicio de Actividad o DUE (Documento Único Electrónico)
Asimismo, los beneficiarios de las ayudas otorgadas están obligados a:
Comunicar al Ayuntamiento, con acreditación documental al efecto, la tramitación y obtención de otras subvenciones, ayudas o recursos por este concepto recibidos de otras administraciones a raíz de la crisis del coronavirus (Covid-19). En el supuesto de existencia de una ayuda por el mismo concepto, que el regulado en las presentes bases, se limitará y ajustará la ayuda, de forma complementaria y para que en ningún caso, el importe de las ayudas recibidas supere el importe del alquiler sin IVA. Dar la adecuada publicidad de carácter público de la financiación de la acción por la que se pide la subvención. El comercio, autónomo y/o empresa beneficiario/a de la ayuda deberá informar al público de su establecimiento de haber recibido una subvención por parte del ayuntamiento de Cubelles. El ayuntamiento proporcionará a los/las beneficiarios/as, si procede, modelo de publicidad correspondiente por el que se pide la subvención. Adherirse a las campañas de fomento del comercio local y/o empresa y darse de alta en el aplicativo de comercio que promueva el Ayuntamiento de Cubelles, así como facilitar la información económica que sea requerida por parte de la administración.