Cubelles abre las solicitudes para las ayudas al pago de alquileres comerciales

13 de mayo de 2020 a las 14:22h

El Ayuntamiento de Cubelles ha aprobado las bases para solicitar las ayudas municipales para hacer frente al pago del alquiler de los locales comerciales. En total, el Consistorio destina 80.000 euros de los presupuestos municipales a esta línea de subvenciones, que buscan minimizar los efectos económicos del decreto de estado de alarma por el COVID-19 en el tejido empresarial y comercial de Cubelles. La publicación de las bases reguladoras en el BOP está prevista para el próximo 6 de mayo, con lo cual a partir del 7 al 27 de mayo se podrán presentar las solicitudes a través del portal de trámites telemáticos (más información).

De acuerdo con las bases específicas reguladoras de la subvención para el pago del alquiler a las empresas y comercio local a raíz de la crisis del coronavirus (COVID-19), las ayudas se concederán para el alquiler del mes de abril, y sucesivos, hasta agotar la partida de 80.000€ establecida o las que se puedan ir incorporando, de acuerdo con la disponibilidad económica del Ayuntamiento de Cubelles. Si la suma de todas las peticiones de subvenciones supera la partida habilitada, se hará un reparto proporcional de las ayudas a los solicitantes.

La ayuda es compatible con otras similares impulsadas por otros organismos, si bien la suma de todas las ayudas por el mismo concepto no pueden, en ningún caso, superar ni el importe total del alquiler ni del importe máximo de 800€/mes, para las actividades económicas consideradas no esenciales, ni los 400€/mes para el resto de actividades que acrediten una reducción de la facturación de al menos el 75% respecto a los tres meses anteriores al estado de alarma.

El plazo de presentación de solicitudes será de 20 días y comenzará el día siguiente de la publicación del acuerdo en el Boletín Oficial de la Provincia de Barcelona (BOP), que está prevista para el 6 de mayo.

Los beneficiarios pueden ser cualquier empresa o comercio del término municipal de Cubelles legalmente constituido y que haya interrumpido totalmente su actividad a causa de la crisis del coronavirus o acreditar que ha visto reducida su facturación al menos en un 75% en algunos de los meses comprendidos dentro del estado de alarma. Estas ayudas serán para satisfacer la cuota del inmueble donde se lleva a cabo la actividad, quedando exento el IVA correspondiente.

Tipos de ayudas:

  • Comercio, autónomos y pequeñas empresas, con o sin trabajadores a su cargo, que hayan tenido que cerrar sus actividades económicas como consecuencia de la declaración del estado de alarma, podrán optar a la subvención de hasta el 100% del coste del arrendamiento del alquiler con un máximo de 800 euros (IVA excluido de subvención).
  • Comercio, autónomos y pequeñas empresas que acrediten una reducción de su facturación de al menos del 75% en alguno de los meses comprendidos dentro del estado de alarma, en comparación con la media trimestral natural anterior a la declaración, podrán optar a la subvención de hasta el 100% del coste del arrendamiento del alquiler, con un máximo de 400 euros (IVA excluido de subvención).

Documentación que hay que aportar: La solicitud deberá acompañarse de la siguiente documentación:

  • Copia DNI, NIE, Pasaporte, NIF o CIF del/de la solicitante.
  • Copia contrato alquiler y últimos 3 recibos abonados (enero, febrero y marzo 2020)
  • Declaración responsable de encontrarse en uno de los supuestos de las ayudas.
  • Declaración responsable de estar al corriente de las obligaciones con Hacienda y con la Seguridad Social, o Certificados de Hacienda y Seguridad Social (en caso de no haber autorizado al Ayuntamiento a su consulta).
  • Copia del registro de facturas emitidas y recibidas o copia del libro diario de ingresos y gastos u otra documentación que acredite la reducción de la facturación (para ayudas de disminución de facturación).
  • Certificado acreditativo de titularidad del núm. de cuenta donde se ingresará el importe, emitido por la entidad bancaria, o modelo de solicitud de transferencia bancaria (según modelo establecido por el ayuntamiento de Cubelles).

Documentación adicional para personas del régimen de autónomos:

  • Copia documento acreditativo de la persalidad jurídica, si procede (escritura de constitución, estatutos, etc.)
  • Documento que acredite que la actividad empresarial está dada de alta en el momento de la justificación (persona jurídica).
  • Alta del RETA (Régimen especial de trabajadores autónomos) o DUE (Documento Único Electrónico).
  • Copia de la Declaración Censal de Inicio de Actividad o DUE (Documento Único Electrónico).

Asimismo, los beneficiarios de las ayudas otorgadas están obligados a:

  • Comunicar al Ayuntamiento, con acreditación documental al efecto, la tramitación y obtención de otras subvenciones, ayudas o recursos por este concepto recibidos de otras administraciones a raíz de la crisis del coronavirus (Covid-19). En el supuesto de existencia de una ayuda por el mismo concepto, que el regulado en las presentes bases, se limitará y ajustará la ayuda, de forma complementaria y para que en ningún caso, el importe de las ayudas recibidas supere el importe del alquiler sin IVA.
  • Dar la adecuada publicidad de carácter público de la financiación de la acción por la que se pide la subvención. El comercio, autónomo y/o empresa beneficiario/a de la ayuda deberá informar al público de su establecimiento de haber recibido una subvención por parte del ayuntamiento de Cubelles. El ayuntamiento proporcionará a los/las beneficiarios/as, si procede, modelo de publicidad correspondiente por el que se pide la subvención.
  • Adherirse a las campañas de fomento del comercio local y/o empresa y darse de alta en el aplicativo de comercio que promueva el Ayuntamiento de Cubelles, así como facilitar la información económica que sea requerida por parte de la administración.
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