Calafell regula la circulación de bicicletas, patines y otros vehículos similares

13 de mayo de 2020 a las 13:50h

El Ayuntamiento de Calafell ha aprobado inicialmente, por unanimidad, una modificación de la ordenanza municipal de circulación, con el fin de regular la circulación de bicicletas, patines y otros vehículos similares. La modificación adapta la ordenanza a las novedades normativas generales y trata de garantizar la convivencia de estos vehículos, denominados vehículos de movilidad personal, con los peatones y el resto de vehículos que usan la vía pública. También establece medidas de seguridad, como la obligación de llevar casco y de disponer de un seguro. Estas son las principales novedades: –Las bicicletas, incluidas las de pedaleo asistido hasta 25 kilómetros por hora, deben circular por la calzada, y si existe carril-bici tendrán prioridad de paso sobre cualquier otro vehículo. –Las bicicletas pueden circular en las calles peatonales y en las calles residenciales con velocidad limitada a 20 kilómetros por hora, siempre que sean de plataforma única. –Las bicicletas pueden circular por las aceras si no hay alternativa de carril-bici, siempre que la acera tenga una anchura superior a 5 metros y cuente con 3 metros de espacio libre. Se podrá circular también entre las 10 de la noche y las 7 de la mañana, con estas mismas condiciones. –Los menores de doce años, acompañados de un adulto, podrán circular por las aceras y zonas peatonales con patines, patinetes, monopatines, triciclos, bicicletas y similares, sin superar los 10 kilómetros por hora. –Se puede circular por las aceras y zonas peatonales con aparatos mecánicos sin motor que no son considerados vehículos, como patines, monopatines o patinetes, cumpliendo las mismas condiciones que las bicicletas.

–Los vehículos de movilidad personal y los ciclos de más de dos ruedas sólo pueden circular por las aceras y zonas peatonales con las mismas condiciones que las bicicletas. –La velocidad máxima de todos estos vehículos cuando circulen por la acera no podrá superar los 10 kilómetros por hora, pero en todo caso deberá adaptarse a la de los peatones que caminan. –Estos vehículos tienen prioridad sobre otros vehículos que puedan ir por la acera o zonas peatonales, pero nunca sobre los peatones. –Las motocicletas y los ciclomotores no podrán circular en ningún caso por aceras, zonas peatonales o carriles-bici. –Se prohíben conductas de riesgo, como llevar auriculares, hacer zig-zag entre vehículos en marcha, agarrarse a vehículos en marcha, circular con el vehículo apoyado sólo en una rueda, llevar una carga que dificulte la maniobrabilidad... –Habrá que dejar siempre un margen de como mínimo un metro hasta las fachadas y extremar la atención a la salida de peatones desde los inmuebles. También habrá que guardar una distancia mínima de un metro a cualquier persona que camine por la calle. –En los parques públicos se debe respetar aún más la preferencia del peatón y evitar circular por encima de la vegetación. –La edad mínima para conducir vehículos de movilidad personal será de 16 años. Por debajo de esta edad sólo se podrán llevar vehículos manifiestamente infantiles y siempre bajo la custodia de un adulto. –Sólo pueden llevar un pasajero, si el vehículo lo permite, las personas mayores de edad. –Los usuarios de vehículos de movilidad personal deberán llevar casco y disponer de un seguro. El vehículo debería disponer de luces y de señales acústicas.

El concejal de Vía Pública, Juanjo García, ha explicado que confía en tener definitivamente aprobada esta modificación de la normativa "para que ya tengamos disponible esta herramienta la próxima Semana Santa. La nueva normativa es para todo el año, pero la prueba de fuego será el primer momento de gran afluencia de personas al municipio, que es cuando los problemas de convivencia se hacen más manifiestos".