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El Ayuntamiento de Tàrrega ha implementado recientemente la modificación de la ordenanza municipal relativa a la circulación, con el objetivo de regular específicamente la movilidad de los patinetes eléctricos, conocidos también como Vehículos de Movilidad Personal (VMP).
Según explica la concejala de Gobernación, Anna Maria Farré, esta actualización normativa se ajusta al reglamento estatal vigente y pretende responder a las necesidades presentes con el fin de reforzar la seguridad vial y garantizar una convivencia óptima entre vehículos y peatones en los espacios públicos.
Requisitos obligatorios para los usuarios de VMP
De acuerdo con las indicaciones proporcionadas por la Policía Local, los conductores de estos vehículos deberán acreditar diversos documentos obligatorios. Entre estos destacan un seguro de responsabilidad civil vigente, una placa identificativa oficial expedida por la Dirección General de Tráfico (DGT) y un certificado que acredite la inscripción del vehículo en el registro correspondiente. Además, se prohíbe expresamente que dos personas compartan un mismo VMP durante la circulación, ya que estos dispositivos son de uso estrictamente individual.
En cuanto a las limitaciones técnicas, se establece un límite máximo de velocidad fijado en 25 km/h. Las sanciones económicas derivadas del cumplimiento o incumplimiento de esta ordenanza oscilan entre los 100 y los 1.000 euros, dependiendo siempre del grado de infracción cometido.
Campaña informativa y periodo transitorio
Para facilitar la adaptación ciudadana a estas nuevas disposiciones legales, está prevista una charla informativa abierta a todo el mundo el próximo jueves 17 de septiembre a las 19:30 h, que tendrá lugar en la Casa Consistorial. Además, el Ayuntamiento distribuirá folletos explicativos especialmente orientados al público joven y difundirá contenidos relevantes mediante sus redes sociales oficiales.
Hasta ahora, la Policía Local ha adoptado un criterio pedagógico en el que solo impone sanciones en casos reiterados o reincidentes. En paralelo, se ha establecido que cualquier VMP estacionado incorrectamente o abandonado podrá ser retirado por los agentes municipales.
A partir del 1 de octubre, según establece también la regulación general estatal, se exigirá una edad mínima para conducir este tipo de vehículos fijada en los 15 años. Por otro lado será obligatorio llevar casco homologado así como chaleco reflectante durante los desplazamientos nocturnos.
Límites de espacio y zonas restringidas dentro del municipio
Diversas calles urbanas del municipio quedan afectadas por esta nueva ordenanza. Por ejemplo, se prohíbe totalmente circular con VMP por ciertos espacios considerados aceras como son la calle Santa Anna, calle Santa Maria y plaza del Carme. Otras zonas tienen restricciones horarias específicas; entre ellas figuran plaza Sant Antoni, plaza Major y calles como Major, Agoders, Carme, Torras i Bages o Sant Antoni Maria Claret.
Estos ámbitos contarán con nueva señalización destinada a informar claramente sobre las limitaciones vigentes.
Criterios generales sobre circulación y estacionamiento
Se establece que los VMP deben utilizar preferentemente carriles bici o itinerarios debidamente señalizados respetando siempre prioritariamente el paso de los peatones. Cuando no exista ningún carril habilitado específicamente para los VMP en vías urbanas convencionales habrá que circular por la calzada lo más cerca posible a la acera cumpliendo estrictamente todas las normas de tráfico aplicables.
Además, en zonas donde predomina una plataforma única sin separaciones entre peatones y vehículos motorizados estos últimos deben adaptarse al ritmo de los peatones manteniendo así una convivencia segura.
En cuanto al estacionamiento se permitirá exclusivamente en los lugares expresamente reservados; si no hay disponibles podrán aparcarse en otros lugares siempre garantizando que no obstaculicen ni el tráfico peatonal ni el vehicular. No está permitido sujetarlos a los elementos urbanos como troncos de árbol o señales verticales.