La Oficina Local de Vivienda (OLH) reabrirá el próximo jueves la atención al público, de 9 a 14 h, con un sistema de atención presencial con cita previa para reducir el aforo y evitar posibles aglomeraciones en los accesos. El objetivo es garantizar las medidas necesarias en la situación sanitaria actual.
La cita previa -que se debe concertar en el teléfono 973 700 606 o en el correo emu@paeria.es- limitará el aforo de la OLH a cuatro personas en espera. El uso de la mascarilla será obligatorio.
"En una situación en la que muchas familias ya lo están pasando mal, desde la OLH facilitamos que la ciudadanía pueda beneficiarse de las ayudas al alquiler, acompañándolos en todo el proceso de solicitud y dedicando especial atención a las personas en situación de vulnerabilidad", ha resumido el concejal de vivienda, Sergi Talamonte.
Ayudas al alquiler
Este lunes se han publicado en el DOGC las ayudas para contribuir a minimizar el impacto económico y social de la COVID-19 en los alquileres de vivienda habitual, dirigidas a personas en situación de vulnerabilidad provocada por la pandemia de la COVID-19 y para ayudarles a hacer frente al pago total o parcial de la renta de alquiler o a la cancelación total o parcial de los microcréditos. Pueden ser beneficiarias de esta ayuda las personas que dispongan de un contrato de alquiler y que constituya su vivienda habitual.
Según las bases de la ayuda se considera situación de vulnerabilidad sobrevenida a causa del Covid-19:
• Haber pasado a estar en situación de desempleo
• Estar en Expediente Temporal de Regulación de Empleo (ERTO),
• Haber visto reducida la jornada de trabajo por motivos de cuidados, en caso de ser empresario u otras circunstancias similares que supongan una pérdida de ingresos.
• El conjunto de los ingresos de los miembros de la unidad familiar, en el mes anterior a la solicitud de la ayuda no pueden ser superiores a 1.613,52 euros mensuales. No obstante, este máximo se amplía a 2.151,36 euros mensuales cuando la unidad familiar, que está compuesta por los cónyuges y sus descendientes bajo tutela que conviven juntos, tengan a cargo algún miembro con una discapacidad reconocida superior del 33% (intelectual) o al 65% (sensorial o física) o con una enfermedad grave que le incapacite para trabajar.
• La renta de alquiler, más los gastos y suministros básicos de la vivienda (luz, gas, gasóleo para la calefacción, agua, telefonía y cuota de la comunidad) deben ser superior o igual al 35% de los ingresos netos de la unidad familiar.
La cuantía máxima de la ayuda en Lleida es de 450 euros mensuales y las solicitudes se pueden presentar preferentemente a través de medios electrónicos en: https://web.gencat.cat/es/tramits
También se pueden presentar en la Oficina Local de Vivienda siempre que se haya concertado cita previa. Las bases se pueden descargar en la web http://emu.paeria.cat/