El Supremo admite a trámite los recursos contra la sentencia que anula las ventas de las obras de Sigena

10 de junio de 2020 a las 09:40h
El Tribunal Supremo (TS) ha admitido a trámite los recursos de casación que interpusieron en enero de 2018 el Gobierno, el Museo Nacional de Arte de Cataluña (MNAC) y el Consorcio del Museo de Lleida contra la sentencia del 30 de noviembre de 2017 que declaró nula la venta de las obras de Sigena a la Generalitat. Con estos recursos se pretende recuperar las 97 obras que ahora se encuentran en el Monasterio de Vilanova de Sigena, 43 de las cuales fueron entregadas tras la entrada de la Guardia Civil en el Museo de Lleida en plena aplicación del 155 en Cataluña. Las otras 53 estaban en el MNAC y fueron entregadas por el consejero Santi Vila. Según el auto al que ha tenido acceso la ACN ahora hay un plazo de 20 días para recurrir esta admisión a trámite. Según el abogado que ha representado al Ayuntamiento de Vilanova de Sigena en esta causa, Jorge Español, ha explicado que se trata de una "simple admisión a trámite" y se ha mostrado sorprendido por el hecho de que si bien es cierto que hay un gran porcentaje de recursos que el Supremo no admite, estos "chocan" por su extensión, ya que tienen cerca de 70 páginas y normalmente el tribunal inadmite los que pasan de 25. Español ha asegurado que alegarán esta admisión a trámite porque la extensión del recurso es "desmesurada y no deberían admitirse". En cualquier caso, el letrado ha dicho que si se admiten definitivamente, están "muy tranquilos" porque las sentencias que anulan la venta de las obras "son brillantes y muy bien trabajadas" y "coinciden plenamente con la jurisprudencia del Supremo". Se ha referido así al razonamiento que ha defendido esta parte cuando indica que un monumento nacional no se puede dividir por partes y que por tanto no se puede vender una parte como son las obras ya que entonces "desestructura su catalogación". La admisión a trámite de los recursos es del miércoles de la semana pasada 3 de junio. La Generalitat, el MNAC y el Museo de Lleida presentaron los recursos de casación al Supremo contra la sentencia de la Audiencia de Huesca del 30 de noviembre de 2017 que ratificaba la nulidad de la compraventa de 97 obras de arte del monasterio de Sigena por parte del Gobierno a las monjas sanjuanistas, una resolución dictada en primera instancia por el juzgado de instrucción número 1 de Huesca en abril de 2015. Con estos recursos, las instituciones catalanas reclaman que vuelvan a Lleida y Barcelona las obras que actualmente se encuentran en el monasterio de Vilanova de Sigena. Precisamente en virtud de la aplicación del artículo 155 en Cataluña después del referéndum de autodeterminación de octubre de 2017, fue el ministro de Cultura, Íñigo Méndez de Vigo, que actuando como consejero de Cultura en funciones autorizó la presentación de los recursos al Supremo para evitar que la Generalitat alegara indefensión ante el Tribunal Constitucional. Se presentó un solo escrito pero con dos recursos, uno de casación y otro de extraordinario por infracción procesal. De esta manera, uno cuestionaba el fondo y el otro la forma de la sentencia de la Audiencia de Huesca. Los recursos se fundamentaban en numerosos motivos, entre los cuales destacaba el que se había causado indefensión al Consorcio por no poder intervenir de buen principio en el proceso, ya que las demandas del gobierno de Aragón y del Ayuntamiento de Vilanova de Sigena no se dirigieron contra él. También se alegaba que la sentencia 6/2012 del Tribunal Constitucional negaba que el gobierno de Aragón pudiera ejercer sus competencias en materia de cultura sobre las 44 piezas provenientes de Sigena; que la Declaración de Monumento nacional de 1923 del Monasterio de Sigena no protegió las mencionadas piezas y que no hacía falta comunicar ni pedir autorización para adquirirlas al Ministerio de Cultura ni al gobierno de Aragón, dado que Cataluña ya tenía, en 1983, competencias en materia de cultura.