El Institut Català de la Salut (ICS) ha sancionado con cuatro años y tres meses de suspensión de funciones a una médica que ejercía en el Centre Penitenciari de Ponent, en Lleida, por tres actuaciones asistenciales que considera deficientes durante unas guardias que hizo en 2024 y 2025.
El expediente disciplinario le atribuye una "actitud pasiva y carente de intervención médica efectiva" ante una doble emergencia, una actuación presuntamente deficiente durante una parada cardiorrespiratoria y supuestas omisiones en la atención de una posible intoxicación. La profesional, adscrita a la EAPP Ponent, ha recurrido la sanción por la vía contenciosa y el TSJC ha rechazado suspenderla cautelarmente mientras se resuelve el procedimiento judicial.
Según el expediente, el primer episodio se remonta al 6 de abril de 2024, cuando se produjeron dos emergencias casi simultáneas en los módulos 7 y 1 de la prisión ilerdense. El ICS considera que la médica no hizo una valoración ni una intervención médica adecuada en el primer caso y que se marchó para atender el ingreso de un nuevo interno, de modo que una enfermera tuvo que asumir la valoración y tomar decisiones clínicas.
El segundo episodio ocurrió el 8 de mayo de 2025, cuando un interno sufrió una parada cardiorrespiratoria. El ICS sostiene que la doctora no inició inmediatamente la reanimación cardiopulmonar (RCP) ni activó el SEM y que el desfibrilador externo automático (DEA) se colocó antes de pedir la ambulancia.
Según el testimonio de un funcionario de la prisión, la médica "se quedó bloqueada" y llegó a preguntarle: "¿qué hago, le tiro agua?". La documentación señala que los hechos comenzaron sobre las 2.15 horas y que la ambulancia no se activó hasta las tres de la madrugada, aproximadamente.
El último episodio tuvo lugar el 11 de mayo de 2025, cuando una interna de Ponent presentaba una posible intoxicación. Según el ICS, la médica no completó la valoración ni dirigió adecuadamente la atención, mientras que posteriormente el SEM administró naloxona y la paciente se recuperó.
El expediente también recoge que la doctora habría pasado parte de la noche en una sala de máquinas situada fuera de su alojamiento de guardia, sin informar a los funcionarios.
El TSJC descarta, por el momento, levantar la sanción
La médica recurrió la sanción por la vía contencioso-administrativa ante el Tribunal de Instancia de Lleida, que se inhibió del procedimiento, y el caso llegó posteriormente al Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (TSJC). La doctora pedía que se suspendiera su aplicación mientras se resuelve el procedimiento principal y alegaba que la ejecución de la sanción le podía causar perjuicios profesionales, reputacionales y económicos. Por su parte, la Generalitat se opuso.
De momento, el TSJC rechaza suspender la sanción porque considera que estos perjuicios no han sido suficientemente acreditados y que, en caso de que finalmente la sanción contra la doctora fuera anulada, los efectos económicos podrían ser reparados. El tribunal también justifica que una suspensión "podría producir una perturbación relevante del interés general", al afectar la correcta prestación del servicio sanitario y la seguridad de los pacientes.
En la resolución, el tribunal deja claro, sin embargo, que esta decisión no determina si las acusaciones del ICS están probadas ni si la sanción es proporcionada. Estos aspectos, asegura, aún deben resolverse en el procedimiento principal, donde se determinará si las acusaciones de la administración están suficientemente acreditadas y si la sanción es ajustada a derecho.
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