Condenen a dos años de prisión a un hombre por agredir sexualmente a una mujer en Lleida

Según recoge la sentencia, el acusado y la víctima habían vuelto de fiesta y, al llegar a la vivienda, la mujer se durmió en el sofá del comedor

21 de octubre de 2026 a las 16:49h

La Audiencia de Lleida ha condenado al hombre tras un acuerdo de conformidad que ha rebajado la petición inicial de nueve años de prisión. El tribunal ha suspendido la ejecución de la pena durante tres años, condicionada al cumplimiento de diversas medidas, entre las que hay una indemnización de 3.000 euros y la prohibición de acercarse a la víctima durante cinco años.

Los hechos tuvieron lugar en febrero de 2024 en un piso de Lleida. Según recoge la sentencia, el acusado y la víctima habían vuelto de fiesta y, al llegar a la vivienda, la mujer se quedó dormida en el sofá del comedor.

El hombre se acercó a ella y comenzó a tocarle los genitales mientras dormía, sin su consentimiento. La resolución señala que era consciente de que la mujer tenía las facultades afectadas por el consumo de alcohol y otras sustancias. Aunque la víctima le apartó la mano en dos ocasiones y se negó, el hombre continuó insistiendo. Finalmente, ella se marchó a la habitación de una amiga.

El acuerdo rebaja la petición inicial de la Fiscalía

El hombre ha reconocido los hechos este miércoles en una vista de conformidad en la Audiencia de Lleida. El acuerdo entre la Fiscalía, la defensa y la acusación particular ha fijado una condena de dos años de prisión por un delito de agresión sexual con introducción de un miembro corporal por vía vaginal.

Inicialmente, el ministerio fiscal pedía nueve años de prisión y una indemnización de 15.000 euros. El pacto ha comportado la aplicación de una circunstancia atenuante por el consumo de alcohol y drogas. El hombre, que no tiene antecedentes penales, deberá indemnizar a la víctima con 3.000 euros por las secuelas causadas.

La defensa ha indicado que el condenado pagará esta cantidad de forma fraccionada, con cuotas mensuales de 500 euros.

Cinco años sin acercarse a la víctima

El tribunal ha acordado suspender la ejecución de la pena de prisión durante tres años, siempre que el condenado no vuelva a delinquir y cumpla las condiciones impuestas. Entre estas, se encuentra seguir un programa formativo de educación sexual y abonar la indemnización en los plazos establecidos.

Además, durante cinco años no podrá acercarse a menos de 300 metros de la víctima ni comunicarse con ella. Tampoco podrá trabajar en empleos u oficios que impliquen contacto con menores durante este periodo.

El condenado deberá cumplir, igualmente, cinco años de libertad vigilada y estar a disposición judicial cuando sea requerido, así como comunicar cualquier cambio de domicilio.

Las partes han renunciado a presentar recurso y, por tanto, la sentencia ya es firme.

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