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La Audiencia de Lleida ha confirmado que el conductor de una furgoneta no actuó de manera negligente en el atropello mortal de un perro en la Vall d’Aran y ha desestimado el recurso presentado por la propietaria del animal, que reclamaba una indemnización.
La resolución ratifica la decisión del juzgado de primera instancia e instrucción de Vielha, que ya había rechazado la demanda contra el conductor y su compañía aseguradora. La propietaria reclamaba una compensación por los daños patrimoniales y morales derivados de la muerte del perro.
Según los hechos que da por acreditados el tribunal, el vehículo circulaba a unos 30 kilómetros por hora cuando el animal irrumpió de manera repentina en la calzada. El perro habría salido de detrás de un contenedor de obra situado en el margen de la vía y acabó impactando contra la rueda posterior de la furgoneta.
La Audiencia considera que, en estas circunstancias, el conductor no tuvo margen suficiente para evitar el accidente. Los dos ocupantes del vehículo declararon que circulaban a esta velocidad y que el animal apareció de forma repentina. Sus testimonios fueron considerados coincidentes por el tribunal.
También se tuvo en cuenta el atestado de los Mossos d’Esquadra. El agente que instruyó las diligencias mantuvo durante el juicio que la causa principal del siniestro había sido la entrada repentina del perro en la carretera y que no se había detectado ninguna actuación imputable al conductor.
La responsabilidad recae en la propietaria
La sentencia también hace referencia a lo que establece el Código Civil sobre la responsabilidad por los daños causados por los animales. En este caso, el tribunal considera acreditado que el perro no estaba correctamente sujeto y que se escapó, de modo que atribuye la responsabilidad del accidente a su propietaria.
La Audiencia rechaza así el argumento de la mujer según el cual el conductor habría podido reducir aún más la velocidad. El tribunal considera que no se ha acreditado ninguna negligencia por parte del conductor que permita exigirle una indemnización.
La resolución impone, además, a la propietaria las costas de la apelación. Contra esta decisión judicial no se puede presentar ningún recurso.