El Ayuntamiento de Sant Pere de Ribes ha adoptado restricciones de agua en los usos urbanos teniendo en cuenta las medidas decretadas por la Agencia Catalana del Agua (Generalidad de Cataluña) ante la situación de emergencia en fase 1 por sequía. Una vez declarada la fase de emergencia, deben cumplirse las medidas establecidas en el Plan especial de actuación en situación de alerta y eventual sequía fase 1, aprobado por Acuerdo GOV/1/2020, de 8 de enero, y las sucesivas modificaciones establecidas en la Resolución ACC/3987/2023, de 24 de noviembre, y en el Acuerdo GOV/18/2024, de 16 de enero. Estas medidas se suman a las que ya se estaban aplicando debido a la situación de pre-emergencia.
Las medidas de restricción son:
- Consumo de agua por habitante y día. Los volúmenes totales de agua que entren en el depósito municipal para el abastecimiento de la población no pueden superar los 200 litros por habitante y día (incluyendo actividades económicas y comerciales).
- Riego de zonas verdes y jardines públicos y privados. Prohibido el uso de agua para el riego, excepto para la supervivencia de arbolado y jardines botánicos públicos con aguas regeneradas o con aguas freáticas.
- Riego deportivo. El riego de campos de césped (u otros que requieren riego) para la práctica sólo del deporte federado se podrá llevar a cabo con agua regenerada o freática. Se deben aplicar las medidas de ahorro adicionales equivalentes al volumen de agua empleado en el riego, incluyendo si es necesario el cierre de duchas.
- Limpieza de calles, mobiliario y espacio urbano público o privado. Prohibición de limpieza con agua potable (excepto por causas de accidente, incendio, riesgo sanitario o seguridad vial). Se puede utilizar agua regenerada o freática. Se permite la limpieza de escaparates y ventanas con garganta y esponja.
- Piscinas. Prohibido el llenado parcial o total de piscinas. Sólo está permitido el relleno parcial indispensable para garantizar la calidad sanitaria, y con sistemas de recirculación, de las piscinas cubiertas y descubiertas deportivas (con cierre de duchas para compensar su uso) y piscinas terapéuticas. Piscinas de agua de mar permitidas sin conexión a las redes de saneamiento.
- Hornos ornamentales. Se prohíbe el llenado total o parcial de fuentes ornamentales, lagos artificiales y otros elementos de uso estético del agua.
- Limpieza de vehículos. Se prohíbe la limpieza de vehículos excepto que se realice en establecimientos comerciales de limpieza de vehículos con recirculación de agua.
Instalaciones deportivas municipales
El Ayuntamiento de Sant Pere de Ribes también toma las siguientes medidas que se harán efectivas en su totalidad a partir del jueves día 8 de febrero:
Complejo Deportivo Municipal Espacio Azul:
- Sustitución de manera progresiva de alcachofas de duchas. Mientras que se sustituyen las alcachofas se implementarán mecanismo de bloqueo de los pulsadores de las duchas.
- Sustitución de los grifos de los lavabos por unas ECO. En el caso de los grifos que dispongan de pulsador, mientras que se sustituyen se implementarán mecanismo de bloqueo de los pulsadores de los grifos.
- Para la natación escolar, una vez finalizada la sesión los niños sólo pasarán por el túnel de duchas para quitarse el cloro.
- Para los cursos de natación utilitaria, una vez finalizada la sesión los niños sólo pasarán por el túnel de duchas para quitarse el cloro.
- En el caso del Waterpolo los deportistas se ducharán sólo después de los partidos oficiales de competición federada (fines de semana).
Resto de instalaciones deportivas municipales:
- Las duchas de las instalaciones deportivas municipales permanecerán cerradas de lunes a viernes. Sólo se podrán utilizar los fines de semana para partidos oficiales federados.
- Sustitución de alcachofas de duchas. Mientras que se sustituyen las alcachofas se implementarán mecanismo de bloqueo de los pulsadores de las duchas.
- Sustitución de los grifos de los lavabos por unas ECO. En el caso de los grifos que dispongan de pulsador, mientras que se sustituyen se implementarán mecanismo de bloqueo de los pulsadores de los grifos.
- Los campos de fútbol se podrán regar si las medidas antes expuestas y aplicadas a las instalaciones deportivas municipales consiguen el ahorro de agua equivalente al volumen de agua empleado en el riego. El riego se hará con la mínima cantidad de agua indispensable, preferentemente en horas de baja insolación.