Seis años de prisión por violar a la expareja aprovechando una visita al domicilio para recoger objetos

El tribunal reconoce la agresión sexual con penetración e impone también cinco años de libertad vigilada y una indemnización de más de 30.000 euros

04 de abril de 2026 a las 11:06h

La Audiencia de Girona ha dictado sentencia condenatoria contra un hombre acusado de haber violado a su expareja el 30 de septiembre de 2023 en Berga. La víctima, residente en Sant Hilari Sacalm (Selva), acudió al domicilio del procesado para recoger sus pertenencias después de terminar la relación sentimental que mantenían, con el acuerdo de que pasaría la noche allí.

Según se recoge en la resolución judicial, hacia la una de la madrugada, mientras la mujer dormía, el acusado se acercó y se acostó a su lado en la misma cama, abrazándola y comenzando a hacerle tocamientos en los pechos y genitales. La víctima se despertó inmediatamente y le exigió que detuviera esta conducta afirmando: "no deseaba mantener relaciones". No obstante, él persistió en sus actos, sujetándola por los brazos para "de vencer la reticencia física", hasta que finalmente la violó.

La acusación y defensa durante el juicio

La fiscalía había solicitado una pena de 13 años y medio de prisión por un delito de agresión sexual agravada. Durante el juicio, el acusado solo respondió a las preguntas formuladas por su abogado defensor, David Muñoz León. Admitió haber iniciado los tocamientos con intención de establecer una relación sexual, pero negó firmemente haber cometido violación afirmando que comenzaron a discutir.

Análisis judicial de los hechos y pruebas aportadas

La sentencia, firmada por la magistrada ponente Antonia Godia, declara probados los siguientes hechos:

  • La víctima se desplazó desde Sant Hilari Sacalm hasta Berga hacia las 20:30 horas del 29 de septiembre.
  • Acordaron que ella pasaría la noche allí después de haber compartido toda aquella tarde juntos.
  • A la 1:00 h del día siguiente, mientras dormía en una habitación del domicilio, el acusado se puso a su lado en la cama e inició tocamientos no consentidos.

Esta agresión continuó a pesar de las reiteradas negativas expresadas verbalmente por parte de la mujer. El tribunal considera que el agresor era plenamente consciente "de la falta de consentimiento" y actuaba "contra la voluntad propia de la víctima", hecho corroborado por tres pruebas fundamentales:

  • La existencia de ADN del procesado sobre la ropa interior femenina.
  • Una lesión visible localizada en el muslo izquierdo de la mujer.
  • El intercambio posterior de mensajes vía Whatsapp entre ella y un amigo suyo quien acabó alertando a los Mossos d’Esquadra.

Mediación policial y situación personal de los implicados

Poco después de los hechos denunciados, gracias al aviso enviado por un amigo cercano a la víctima, agentes de los Mossos d'Esquadra se desplazaron inmediatamente hasta el domicilio donde sucedieron los incidentes. La sentencia destaca también que durante todo el proceso judicial se ha mantenido coherente el testimonio directo aportado por ella.

Por otro lado, tanto víctima como acusado tienen reconocidas discapacidades —ella con un grado del 65%, él con un 51%. A pesar de ello, según apunta el tribunal, el hombre era "perfectamente capaz de entender cuando alguien rechaza mantener una relación con él".

Pena impuesta y medidas complementarias

La Audiencia ha condenado finalmente a este individuo a:

  • Seis años privativos de libertad como autor de un delito de agresión sexual con penetración y uso de violencia.
  • Cinco años más bajo régimen especiales o libertad vigilada posteriormente.
  • Nueve años sin poder acercarse ni comunicarse con la víctima a menos de 300 metros.

Además se ha fijado una indemnización económica superior a los 30.350 euros por el perjuicio moral y lesiones ocasionadas.

Evolución procesal futura

Todo ello aún no es definitivo, ya que el letrado defensor, David Muñoz León, ya ha presentado recurso al TSJC en defensa de los intereses del procesado.

Sobre el autor
cropped Projecte nou 3 (1)
Ismael Lobo García
Ver biografía
Lo más leído