La Audiencia de Girona ha condenado a 2 años de prisión al acusado de violación por 'stealthing' en Lloret de Mar (Selva). El procesado afrontaba 9 años de prisión. En la sala de vistas, ha reconocido que el 18 de octubre de 2020, mientras tenía relaciones con una trabajadora sexual, "faltó al acuerdo pactado", le dio besos en los labios y se quitó el preservativo sin el consentimiento de la mujer.
La fiscalía, la acusación particular y la defensa han llegado a un acuerdo para rebajarle la pena aplicándole la ley del 'sí es sí', que es "más beneficiosa" para el acusado, y apreciándole atenuantes de reparación del daño y drogadicción. El hombre no tendrá que entrar en prisión con la condición de no volver a delinquir en 5 años y hacer un curso de reeducación sexual.
La fiscalía solicitaba inicialmente 9 años de prisión y 6 años de libertad vigilada por un delito de violación. También fijaba la indemnización para la víctima en 5.220 euros por el daño moral y por las lesiones causadas.
En la sala de vistas de la sección tercera de la Audiencia de Girona, el acusado ha reconocido que la madrugada del 18 de octubre de 2020 contactó con la víctima a través de una página web de contactos sexuales. La mujer, junto con otra trabajadora sexual, fue hasta el domicilio del procesado, situado en Lloret de Mar. Llegaron sobre las 4.30 de la madrugada. La otra mujer se marchó dos horas después.
La víctima y el acusado tuvieron relaciones sexuales consentidas hasta cerca de las 7.30 de la mañana durante las cuales el procesado "respetó" las dos condiciones impuestas por la víctima: no la podía besar en los labios y no podían tener sexo sin preservativo.
"A partir de esta hora, faltando al acuerdo pactado anteriormente y en contra de los deseos de la víctima, el acusado le dio besos en la boca mientras la sujetaba con fuerza por los brazos para que no se pudiera apartar", concreta el escrito de acusación de la fiscalía que el acusado ha suscrito. Entonces, y utilizando "la fuerza física", la obligó a hacerle una felación y la penetró sin preservativo.
Esquiva la prisión por la ley del 'sí es sí'
Como el acusado ha reconocido los hechos, la fiscalía, la acusación particular y la defensa han llegado a un acuerdo que se ha traducido en una rebaja de la pena. De entrada, por la aplicación de la ley del 'solo sí es sí', que es "más beneficiosa" para el acusado porque rebaja la pena mínima por este delito a 4 años de prisión. Además, le han apreciado dos atenuantes porque ha consignado 5.250 euros para la indemnización y, en el momento de los hechos, tenía las capacidades afectadas por el consumo de cocaína.
En base al acuerdo, el tribunal le ha condenado a 2 años de prisión. También le imponen 5 años de libertad vigilada y le inhabilitan para trabajar en cualquier trabajo relacionado con menores durante el mismo tiempo.
La defensa ha pedido la suspensión de la ejecución de la pena y las acusaciones no se han opuesto porque no tiene antecedentes y se cumplen los requisitos legales. El condenado no tendrá que entrar en prisión con la condición de no volver a delinquir durante un plazo de 5 años, respetar la orden de alejamiento hacia la víctima y someterse a un programa formativo de reeducación sexual. Fiscalía, acusación y defensa han renunciado a recurrir la sentencia, que ya es firme.
