La Audiencia de Girona obliga a reabrir la investigación por el suicidio de un preso en el Puig de les Basses, Figueres, el 9 de marzo de 2023. Según ha adelantado 'El Punt Avui', el tribunal ha estimado el recurso de la acusación particular, encabezada por el letrado Benet Salellas, y concluye que la fase de instrucción no está "agotada" y se ha cerrado de manera "prematura": "La parte recurrente considera que resta pendiente practicar la declaración en calidad de investigados de los funcionarios de prisiones responsables del fallecido".
Posible delito de homicidio por imprudencia
La Audiencia "no comparte" que los hechos puedan ser constitutivos de un delito de homicidio por imprudencia en la modalidad de comisión por omisión, pero ve indicios para proceder la investigación por delitos de omisión del deber de socorro o cooperación al suicidio. A Moussa, el hombre senegalés de 33 años que se suicidó, le quedaban seis meses de condena.
El juzgado de instrucción 1 de Figueres dictó la resolución de archivo el 24 de julio de 2023 y la acusación particular recurrió contra la decisión alegando que la investigación no había concluido y que el juzgado no había acordado algunas diligencias que había solicitado. La sección cuarta de la Audiencia de Girona le da la razón. La resolución, de la que ha sido ponente la magistrada Maria Vila, estima el recurso de apelación, revoca el sobreseimiento y acuerda la práctica de las pruebas propuestas por la acusación.
Las declaraciones de los funcionarios
Según remarca el tribunal, la acusación alegó que no se había tomado declaración como investigados a los funcionarios responsables del recluso: "Y, en concreto, del funcionario encargado de la visualización de las imágenes de las cámaras, del funcionario que mantiene una conversación con el recluso y del funcionario encargado de revisar las celdas cuando el preso preparó la soga". El interno se colgó con una sábana.
La Audiencia señala que el juzgado de instrucción acordó tomar declaración del perjudicado, pero "no se pronunció sobre las diligencias expresamente interesadas por la acusación particular". Esto solo, indica la sección cuarta, ya podría hacer concluir que la instrucción "no ha finalizado".
Según la Audiencia, esto conlleva que "se deba proseguir con la instrucción" para investigar si "efectivamente se aplicó el Programa de Prevención de Suicidio, por qué motivo se cambió al interno de celda, por qué en la nueva celda había una sábana, quién dio la orden del cambio, entre otras cuestiones no aclaradas al adoptarse el sobreseimiento provisional de forma prematura".
